Visto el expediente de indulto de don Joaquín Blanco Encina, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimoséptima, en sentencia
de fecha 20 de noviembre de 1996, como autor de un delito contra la
salud pública, a la pena de dos años de prisión menor y multa de 1.000.000
de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y
derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de agosto de 1998,
Vengo en conmutar a don Joaquín Blanco Encina la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso durante el plazo de tres años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 28 de agosto de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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