En el recurso contencioso-administrativo número 1.658/1995/04,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Grupo Massimo
Dutti, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de
Patentes y Marcas de 4 de noviembre de 1994 y de 13 de marzo de 1995,
se ha dictado, con fecha 21 de marzo de 1997, por el citado Tribunal,
sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que, desestimando el presente recurso
contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Enrique
Sorribes Torra, en nombre y representación de la mercantil ªGrupo
Massimo Dutti, Sociedad Anónimaº, contra la resolución de fecha 4 de
noviembre de 1994, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, confirmada
en reposición por acuerdo del mismo órgano de fecha 13 de marzo de
1995, por las que se admite el registro de la marca número 1.665.208
(gr), ªCutyº, debemos declarar y declaramos que las mentadas resoluciones
se encuentran ajustadas a Derecho. No ha lugar a hacer especial
pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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