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Documento BOE-A-1998-22696

Orden de 4 de septiembre de 1998 por la que se autoriza definitivamente para la apertura y funcionamiento al centro privado de Educación Secundaria «Edelweiss-El Soto», de Herrera de Duero (Valladolid), así como implantación anticipada de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 1998, páginas 32662 a 32663 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-22696

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña María del Carmen González Díez, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Secundaria «Edelweiss-El Soto» de Herrera de Duero (Valladolid), según lo dispuesto en el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, así como implantación anticipada de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria.

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.

Autorizar, de acuerdo con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, la apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «Edelweiss-El Soto», de Herrera de Duero (Valladolid) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros existentes en el mismo edificio o recinto escolar que se describe a continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: Edelweiss-El Soto.

Titular: María del Carmen González Díez.

Domicilio: Camino de la Parrilla, sin número.

Localidad: Herrera de Duero.

Municipio: Herrera de Duero.

Provincia: Valladolid.

Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, segundo ciclo.

Capacidad: Tres unidades y 61 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: Edelweiss-El Soto.

Titular: María del Carmen González Díez.

Domicilio: Camino de la Parrilla, sin número.

Localidad: Herrera de Duero.

Municipio: Herrera de Duero.

Provincia: Valladolid.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria.

Capacidad: Seis unidades y 150 puestos escolares.

C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: Edelweiss-El Soto.

Titular: María del Carmen González Díez.

Domicilio: Camino de la Parrilla, sin número.

Localidad: Herrera de Duero.

Municipio: Herrera de Duero. Provincia: Valladolid.

Enseñanzas a impartir: Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: Cuatro unidades y 120 puestos escolares.

Segundo.

Autorizar, de acuerdo con los artículos 13, d) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, y la nueva redacción que del artículo 9 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, hace el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero, la implantación anticipada de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria en el centro de Educación Secundaria «Edelweiss-El Soto», de Herrera de Duero (Valladolid), a fin de no perjudicar al alumnado matriculado en el centro durante el curso 1997-1998.

Tercero.

La presente autorización se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Cuarto.

Antes del inicio de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, la Dirección Provincial del Departamento en Valladolid, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Quinto.

El Centro de Educación Secundaria que por la presente Orden se autoriza deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI/96 de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 29). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Sexto.

Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Séptimo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 4 de septiembre de 1998.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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