Visto el expediente de indulto de don Aitor Joseba Landa García Uceda,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de
lo Penal número 2 de Vitoria que, en sentencia de fecha 5 de julio de
1996, le condenó, como autor de un delito de negativa a cumplir el servicio
militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor
e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias,
por hechos cometidos en el año 1992; a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4
de septiembre de 1998,
Vengo en indultar a don Aitor Joseba Landa García Uceda la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los
demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrida4deseptiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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