Visto el expediente de indulto de don Álvaro Mendizábal Tello, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia, en sentencia de fecha
13 de julio de 1995, como autor de un delito de imprudencia temeraria
profesional con resultado de muerte y lesiones, a la pena de cinco años
de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público
y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1989; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de septiembre
de 1998,
Vengo en conmutar a don Álvaro Mendizábal Tello la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal
cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida4deseptiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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