Suscrito un Convenio de Colaboración entre el Instituto de la Juventud
y la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia, de fecha 10 de julio de 1998, para la realización de actividades
de intercambio juvenil, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto
2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial
del Estado" del 27), procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 16 de septiembre de 1998.-El Secretario general técnico, Julio
Sánchez Fierro.
CONVENIO DE COLABORACIÓN, ENTRE EL INSTITUTO DE LA
JUVENTUD Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, PARA LA REALIZACIÓN
DE ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO JUVENIL
En Madrid, a diez de julio de mil novecientos noventa y ocho
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, Director
general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996,
de 17 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" número 121, del 18), en nombre
y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por
Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995.
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Juan Antonio Megías García,
Consejero de Presidencia, nombrado por Decreto 10/1995, de 6 de julio
("Boletín Oficial de la Región de Murcia" número 156/1995, de 7 de julio),
en representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
en virtud de las funciones conferidas por el artículo 49 de la Ley regional
1/1988, de 7 de enero, del Presidente del Consejo de Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y
previa autorización del Consejo de Gobierno del día 2 de abril de 1998.
EXPONEN
Primero.-Que el Instituto de la Juventud, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 26 del Real Decreto 565/1985, en relación con los artículos
48 y 149.1.3. a de la Constitución, tiene, entre otros fines:
La ejecución de la política del departamento respecto de la juventud,
en colaboración con los departamentos ministeriales y las
Administraciones públicas, cuyas actividades inciden sobre este sector de la población.
El fomento de las relaciones y de la cooperación internacional en
materia de juventud.
Segundo.-Que la Consejería de Presidencia, a través de la Dirección
General de Juventud, Mujer y Familia, tiene encomendado el ejercicio de
las competencias exclusivas que, en materia de juventud, corresponden
a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en su ámbito territorial,
de conformidad con el artículo 10.uno.19 de su Estatuto de Autonomía.
Tercero.-Que habiéndose previsto en el marco de la cooperación en
materia de juventud, entre España y otros países, la realización de
programas de intercambio que se materializarán en el ámbito territorial de
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se hace necesario contar
con la colaboración de ésta.
Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de
colaboración que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la
colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de
la Región de Murcia, para la realización de los programas de intercambio
juvenil, aprobados por las Subcomisiones Mixtas de Intercambio Juvenil
y Programas de Aplicación de los Convenios Culturales, que se desarrollen
en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma
Segunda.-La colaboración, a que se refiere la estipulación anterior,
se realizará para la ejecución de los siguientes programas:
Subcomisión Mixta Hispano-Alemana
Programa A.15: Encuentro en Murcia, durante diez días, sobre los
jóvenes y los medios (radio, televisión,...), con diez participantes alemanes.
Ejecución a cargo de la Concejalía de Juventud y Deportes del
Ayuntamiento de Murcia. Aportación máxima del Instituto de la Juventud de
595.000 pesetas para los conceptos de estancias, seguros, transporte
interno, actividades culturales e interpretación.
Programa A.25: Encuentro en Cehegín, durante catorce días, sobre el
derecho al juego y al ocio en Europa, con doce participantes alemanes.
Ejecución a cargo del Ayuntamiento de Cehegín. Aportación máxima del
Instituto de la Juventud de 680.000 pesetas para los conceptos de estancia,
seguros, transporte interno, actividades culturales e interpretación.
Subcomisión Mixta Hispano-Belga
Comunidad francesa:
Programa "K": Encuentro en Totana, durante cinco días, sobre la
colaboración entre asociaciones juveniles de temáticas diferentes, con dos
participantes belgas. Ejecución a cargo del Ayuntamiento de Totana.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 86.000 pesetas para los
conceptos de estancia, seguros, transporte interno y actividades culturales.
Subcomisión Mixta Hispano-Italiana
Programa B.25 E: Encuentro en Totana, durante cinco días, sobre la
colaboración entre asociaciones juveniles de temáticas diferentes, con cinco
participantes italianos. Ejecución a cargo del Ayuntamiento de Totana.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 194.000 pesetas para
los conceptos de estancia, actividades culturales e interpretación.
Tercera.
1. Los compromisos de ambas partes serán los siguientes:
1.1 Del Instituto de la Juventud.
a) Relación institucional con los Ministerios de los países con los
que se han establecido programas de cooperación en materia de juventud,
determinando contenidos y condiciones generales para la realización de
los programas.
b) Facilitación de la información necesaria a la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia para el desarrollo de las actividades.
c) Aportación de la cantidad máxima de 1.555.000 pesetas con cargo
al concepto presupuestario 226 de su vigente presupuesto. Tal aportación
será librada por el Instituto de la Juventud "en firme, previa cuenta".
1.2 De la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.-Correrá
a su cargo la ejecución de los programas a que se refiere la estipulación
anterior, aportando la infraestructura y los medios materiales y personales
necesarios para el desarrollo de los mismos.
2. La rendición de la cuenta al Instituto de la Juventud por la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se hará conforme a las normas
Económico-Administrativas de aquél.
Cuarta.-Una vez finalizada cada una de las actividades, se remitirá
al Instituto de la Juventud, en el plazo de treinta días, informe que contenga
las conclusiones, sugerencias o propuestas obtenidas de la misma.
Quinta.-Para el seguimiento de las acciones, que el presente convenio
contempla, se designará una Comisión con participación de las partes
firmantes del mismo, cuya composición será la siguiente:
Por la Consejería de Presidencia, la Directora general de Juventud,
Mujer y Familia o persona en quien delegue.
Por el Instituto de la Juventud, la Subdirectora general de Programas
y Actividades o persona en quien delegue.
Sexta.-El presente Convenio tendrán vigencia hasta el 30 de noviembre
de 1998. En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las
obligaciones contraídas mediante el presente Convenio, la otra podrá
denunciarlo y dar por resuelto aquél.
Séptima.-Este Convenio se encuentra excluidos del ámbito de la Ley
de Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido
en el artículo 3.1.c de dicho texto legal.
Octava.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente
Convenio, dada su naturaleza jurídico-administrativa, serán sometidas a
la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de su conformidad, firman las partes del presente
Convenio, en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte,
en el lugar y fecha arriba indicados.
El Director general del Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno
Blanco.-El Consejero de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia, Juan Antonio Megías García.
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