El 15 de julio de 1998, se suscribió entre el Instituto de la Juventud
y la Comunidad Autónoma de Madrid un Convenio de colaboración para
la realización de actividades de intercambio juvenil, y en cumplimiento
de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 27), procede la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio que figura como anexo
de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 16 de septiembre de 1998.-El Secretario general técnico, Julio
Sánchez Fierro.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA
JUVENTUD Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD DE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
DE INTERCAMBIO JUVENIL
En Madrid, a 15 de julio de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, Director
general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996,
de 17 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" número 121, del 18), en nombre
y representación del Gobierno de la Nación por delegación conferida por
Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995,
Y de otra parte, el ilustrísimo señor don Francisco de Asís Tímermans
del Olmo, Director general de Juventud de la Consejería de Educación
y Cultura de la Comunidad de Madrid, que actúa con la delegación de
firma del magnífico y excelentísimo señor Consejero don Gustavo
Villapalos, según consta en la Orden número 684/1998, de 17 de abril de 1998.
EXPONEN
Primero.-Que el Instituto de la Juventud, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 26 del Real Decreto 565/1985, en relación con los
artículos 48 y 149.1.3. a de la Constitución, tiene, entre otros fines:
La ejecución de la política del Departamento respecto de la juventud,
en colaboración con los Departamentos ministeriales y las
Administraciones Públicas cuyas actividades inciden sobre este sector de la población.
El fomento de las relaciones y de la cooperación internacional en
materia de juventud.
Segundo.-Que la Dirección General de Juventud tiene encomendado
el ejercicio de las competencias exclusivas que en materia de juventud
corresponden a la Comunidad Autónoma de Madrid en su ámbito
territorial, de conformidad con el artículo 25 de su Estatuto de Autonomía.
Tercero.-Que habiéndose previsto en el marco de la cooperación en
materia de juventud, entre España y otros países, la realización de
programas de intercambio que se materializarán en el ámbito territorial
de la Comunidad Autónoma de Madrid, se hace necesario contar con la
colaboración de ésta.
Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de
Colaboración que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la
colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de
Madrid, para la realización de los programas de intercambio juvenil
aprobados por las Subcomisiones Mixtas de Intercambio Juvenil y Programas
de Aplicación de los Convenios Culturales que se desarrollen en el ámbito
territorial de esta Comunidad Autónoma.
Segunda.-La colaboración a que se refiere la estipulación anterior se
realizará para la ejecución de los siguientes programas:
Subcomisión Mixta Hispano-Alemana
Programa A.11:
Encuentro en Madrid, durante ocho días, sobre educación intercultural,
con ocho participantes alemanes.
Ejecución a cargo de la Escuela de Animación y Educación Juvenil.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 543.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades
culturales e interpretación.
Programa A.12:
Encuentro en Madrid, durante ocho días, sobre integración en Europa
de los jóvenes gais y lesbianas, con ocho participantes alemanes. Ejecución
a cargo de COGAN.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 594.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades
culturales e interpretación.
Programa A.13:
Encuentro en Madrid, durante siete días, sobre intercambio cultural
en el ámbito de la formación, con ocho participantes alemanes. Ejecución
a cargo de AFI.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 543.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades
culturales e interpretación.
Programa A.14:
Encuentro en Coslada, durante siete días, sobre integración laboral
de los jóvenes discapacitados psíquicos, con ocho participantes alemanes.
Ejecución a cargo de la Asociación para la Integración e Igualdad del
Minusválido Psíquico de Coslada.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 543.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades
culturales e interpretación.
Programa A.24:
Encuentro en Madrid, durante seis días, sobre jóvenes desfavorecidos
en el mundo laboral, con seis participantes alemanes. Ejecución a cargo
de la Asociación Juvenil Semilla.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 356.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades
culturales e interpretación.
Intercambio Hispano-Finlandés
Programa A.7:
Encuentro en Madrid, durante cuatro días, sobre actividades de tiempo
libre para los jóvenes, con tres participantes finlandeses. Ejecución a cargo
de la Dirección General de Juventud.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 182.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades
culturales e interpretación.
Subcomisión Mixta Hispano-Portuguesa
Programa 12.E:
Encuentro en Madrid, durante siete días, sobre formación en educación
no formal, con cuatro participantes portugueses. Ejecución a cargo de
la Escuela de Animación y Educación Juvenil.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 232.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno y actividades
culturales.
Tercera.-1. Los compromisos de ambas partes serán los siguientes:
1.1 Del Instituto de la Juventud.
a) Relación institucional con los Ministerios de los países con los
que se han establecido programas de cooperación en materia de juventud,
determinando contenidos y condiciones generales para la realización de
los programas.
b) Facilitación de la información necesaria a la Comunidad Autónoma
de Madrid para el desarrollo de las actividades.
c) Aportación de la cantidad máxima de 2.993.000 pesetas con cargo
al concepto presupuestario 226 de su vigente presupuesto. Tal aportación
será librada por el Instituto de la Juventud "en firme, previa cuenta".
1.2 De la Comunidad Autónoma de Madrid.
Correrá a su cargo la ejecución de los programas a que se refiere la
estipulación anterior, aportando la infraestructura y los medios materiales
y personales necesarios para el desarrollo de los mismos.
2. La rendición de la cuenta al Instituto de la Juventud por la
Comunidad Autónoma de Madrid se hará conforme a las normas
económico-administrativas de aquél.
Cuarta.-Una vez finalizada cada una de las actividades, se remitirá
al Instituto de la Juventud, en el plazo de treinta días, informe que contenga
las conclusiones, sugerencias o propuestas obtenidas de la misma.
Quinta.-El presente Convenio tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre
de 1998. En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las
obligaciones contraídas mediante el presente Convenio, la otra podrá
denunciarlo y dar por resuelto aquél.
Sexta.-Este Convenio se encuentra excluido del ámbito de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido
en el artículo 3.1.c) de dicho texto legal.
Séptima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente
Convenio, dada su naturaleza jurídico-administrativa, serán sometidas a
la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de su conformidad, firman las partes el presente Convenio
en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el
lugar y fecha anteriormente indicados.-El Director general del Instituto
de la Juventud, Ricardo Tarno Blanco.-El Director general de Juventud
de la Comunidad de Madrid, Francisco de Asís Tímermans del Olmo.
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