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Documento BOE-A-1998-23484

Orden de 18 de septiembre de 1998 por la que se modifica el concierto educativo del centro «La Salle-Franciscanas», de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 1998, páginas 33790 a 33790 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-23484

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de fecha 26 de mayo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio) por la que se resuelve la modificación de los conciertos educativos para el curso 1998/1999, se aprobó concierto educativo a los centros «La Salle-Franciscanas», con domicilio en la calle Andrés Piquer, 5, y Santa Teresa, 23, de Zaragoza, para 18 unidades de Educación Primaria y nueve unidades de Educación Secundaria Obligatoria (seis para el primer ciclo y tres para tercer curso), de acuerdo con lo solicitado por la titularidad del centro.

Teniendo en cuenta que por Orden de 31 de julio de 1998, se ha autorizado el cambio de titularidad y denominación del centro de Educación Secundaria, sito en la calle Santa Teresa, 23, que en lo sucesivo se denominará «La Salle Franciscanas Gran Vía».

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Aprobar la modificación del concierto educativo suscrito con el centro «La Salle Franciscanas Gran Vía», con domicilio en la calle Santa Teresa, 23, de Zaragoza, quedando establecido un concierto educativo para las unidades que se detallan:

Seis de Primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.

Tres de Tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo.

La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará al titular del Centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.

Dicha modificación se formalizará mediante documento administrativo firmado por el Director Provincial de Zaragoza y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma del mismo, deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.

La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso 1998/1999.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 18 de septiembre de 1998.–P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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