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Documento BOE-A-1998-23483

Orden de 18 de septiembre de 1998 por la que se modifica el concierto educativo del centro de BUP/COU «La Asunción», de León.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 1998, páginas 33790 a 33790 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-23483

TEXTO ORIGINAL

El centro denominado "La Asunción", tenía suscrito concierto educativo

para ocho unidades de BUP/COU, en base a lo establecido en la Orden

de 9 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14), por la que

se resolvió la renovación de los conciertos educativos de centros docentes

privados para el curso 1997/1998.

Por Orden de fecha 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

de 2 de junio) por la que se resuelve la modificación de los conciertos

educativos para el curso 1998/99, se aprobó concierto educativo al centro,

para siete unidades de BUP/COU, una unidad menos de las solicitadas,

por evolución de la matrícula.

Teniendo en cuenta que el representante del titular del centro insiste

sobre la necesidad de modificar el concierto educativo, presenta nueva

solicitud de ampliación de una unidad concertada de BUP/COU para el

curso 1998/99.

Vista la nueva solicitud y de acuerdo con el informe favorable del

Servicio de Inspección,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar, excepcionalmente y sólo para el curso 1998/1999,

la ampliación del concierto educativo suscrito con el centro "La Asunción",

sito en la calle Mariano Andrés, 193, de León, en una unidad, quedando

establecido un concierto educativo para ocho unidades de BUP/COU.

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará

al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar

y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos

que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia

firmada por el Director provincial de León y el titular del centro o persona

con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo

mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos

desde inicios del curso 1998/1999.

Quinto.-De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la

presente Orden agota la vía administrativa, por lo que, contra la misma, podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de la Orden,

previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 18 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de

1996, "Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación

y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director General de Centros Educativos.

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