Visto el expediente sobre extinción de autorización, por cese de
actividades docentes, del centro de Educación Infantil y Primaria denominado
"Centro Mixto de Enseñanza", sito en Daroca (Zaragoza), del que es titular
el Ayuntamiento de Daroca,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar, de oficio, la extinción de la autorización del centro
de Educación Infantil y Primaria denominado "Centro Mixto de Enseñanza",
domiciliado en calle Esnarcega, número 14, de Daroca (Zaragoza), cuya
titularidad ostenta el Ayuntamiento de Daroca, con efectos del curso
escolar 1998-1999, por no ejercer la actividad docente para la que fue
autorizado.
Segundo.-Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el
funcionamiento legal de dicho centro; siendo necesaria para el caso de que
se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos legales
vigentes en materia de autorización de centros escolares privados.
Tercero.-Contra la presente Orden, la titularidad podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo
de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este
Ministerio de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956
y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26
de noviembre.
Madrid, 11 de septiembre de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y
17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación
Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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