Visto el expediente instruido a instancia del representante de la
titularidad de los centros privados de Educación Infantil, de Educación
Primaria y de Bachillerato denominados "Mayol-Nuestra Señora de la Antigua",
de Toledo, en solicitud de autorización de cambio de denominación de
los mismos:
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Autorizar el cambio de denominación específica de los
centros privados de Educación Infantil, de Educación Primaria y de
Bachillerato denominados "Mayol-Nuestra Señora de la Antigua", sitos en la
carretera de Ávila, kilómetro 2,5 de Toledo, por la de "Colegio Mayol,
S. C. L.", que ostentarán en lo sucesivo.
Segundo.-El cambio de denominación no afectará al régimen de
funcionamiento de los centros.
Tercero.-Contra la presente Orden podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses
desde el día de su notificación, previa comunicación a este Departamento,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956
y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 18 de septiembre de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y
17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación
Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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