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Documento BOE-A-1998-23933

Orden de 18 de septiembre de 1998 por la que se autoriza para impartir provisionalmente las enseñanzas de segundo y tercer cursos de Bachillerato Unificado y Polivalente, a partir del año académico 1998/1999, en el centro privado de Educación Secundaria «Norfolk», de Cobeña (Madrid), hasta la implantación de las enseñanzas definitivas de Bachillerato LOGSE.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 1998, páginas 34215 a 34215 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-23933

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Gabriel Mañueco

Santurtun, solicitando autorización para impartir provisionalmente las

enseñanzas de segundo y tercer cursos de Bachillerato Unificado y Polivalente

a partir del año académico 1998/1999, en el centro privado de Educación

Secundaria "Norfolk", de Cobeña (Madrid).

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Autorizar, de acuerdo con la disposición transitoria primera

del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, la impartición provisional

de las enseñanzas establecidas en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General

de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, correspondientes

a los cursos segundo y tercero de Bachillerato Unificado y Polivalente

en el centro privado de Educación Secundaria "Norfolk" de Cobeña

(Madrid), hasta la implantación de las enseñanzas definitivas de Bachillerato

LOGSE, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica

1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo,

con efectos del presente año académico 1998/1999.

Segundo.-Antes del inicio de las enseñanzas de Bachillerato Unificado

y Polivalente, la Dirección Provincial del Departamento en Madrid

(Subdirección Territorial Madrid-Este), previo informe del Servicio de

Inspección Técnica de Educación, aprobará expresamente la relación de personal

que impartirá docencia en el centro.

Tercero.-Contra la presente Orden, el interesado podrá interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo

de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este

Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956

y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 18 de septiembre de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y

17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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