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Documento BOE-A-1998-24123

Orden de 25 de septiembre de 1998 por la que se modifica la autorización de los Centros privados de Educación Infantil y de Educación Secundaria «Nuestra Señora de los Ángeles», sitos en Madrid, por ampliación de tres unidades de Educación Infantil y reducción de dos unidades en la etapa de Bachillerato.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 19 de octubre de 1998, páginas 34506 a 34506 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-24123

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de los Centros docentes privados de Educación

Infantil y de Educación Secundaria denominados "Nuestra Señora de los

Ángeles", domiciliados en la calle Canción del Olvido, número 55, de

Madrid, en relación con la modificación de la autorización de los

mencionados centros, por ampliación de tres unidades de Educación Infantil

y reducción de dos unidades en la etapa de Bachillerato,

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de los Centros privados de

Educación Infantil y de Educación Secundaria "Nuestra Señora de los Ángeles",

de Madrid, que quedan configurados del modo siguiente:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: "Nuestra Señora de los Ángeles". Titular: Padres

Mercedarios Descalzos. Domicilio: Calle Canción del Olvido, número 55.

Localidad: Madrid. Municipio: Madrid. Provincia: Madrid. Enseñanzas que se

autorizan: Educación Infantil, segundo ciclo. Capacidad: Seis unidades y

150 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "Nuestra Señora de los Ángeles". Titular: Padres

Mercedarios Descalzos. Domicilio: Calle Canción del Olvido, número 55.

Localidad: Madrid. Municipio: Madrid. Provincia: Madrid. Enseñanzas que se

autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: 12 unidades y 360

puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la

Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: Seis unidades

y 210 puestos escolares.

Segundo.-Provisionalmente, y hasta que no se implanten las

enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley

Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo,

el Centro de Educación Secundaria podrá impartir las enseñanzas de

Bachillerato Unificado y Polivalente y Curso de Orientación Universitaria con

una capacidad máxima de nueve unidades y 360 puestos escolares.

Tercero.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa

comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos

37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y

17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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