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Documento BOE-A-1998-24124

Orden de 25 de septiembre de 1998 por la que se modifica el concierto educativo del centro «María Auxiliadora», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 19 de octubre de 1998, páginas 34506 a 34506 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-24124

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de fecha 26 de mayo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), por la que se resuelve la modificación de los conciertos educativos para el curso 1998/99, se aprobó concierto educativo al centro «María Auxiliadora», sito en la calle Sebastián Elcano, 35, de Madrid, para 12 unidades de Educación Primaria y 15 unidades de Educación Secundaria Obligatoria (ocho para el primer ciclo y siete para el segundo ciclo).

Teniendo en cuenta que por Orden de 31 de julio de 1998 se ha modificado la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria referido y, como consecuencia de ello, se ha establecido la configuración definitiva de los centros existentes en el mismo recinto escolar que se denominan «Salesianos Atocha», con domicilio en la Ronda de Atocha, 27,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Aprobar la extinción del concierto educativo suscrito por el centro «María Auxiliadora», de la calle Sebastián Elcano, 35, de Madrid.

Segundo.

Aprobar la suscripción de concierto educativo al centro «Salesianos Atocha», de la Ronda de Atocha, 27, de Madrid, quedando establecido un concierto educativo para las unidades que se detallan:

Educación Primaria: 12.

Primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria: Ocho.

Segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria: Siete.

Tercero.

La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Cuarto.

Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Madrid y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Quinto.

La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso 1998/99.

Sexto.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.–P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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