De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el recurso número 2.312/1996, interpuesto por doña Encarnación Soto Ibáñez, sobre prestación familiar.
Madrid, 30 de septiembre de 1998.–El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general del Instituto Social de las Fuerzas Armadas
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