De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección Segunda), Sevilla, en el recurso número 12/1996, interpuesto por don Felix Anastasio Izquierdo, sobre prestación familiar.
Madrid, 30 de septiembre de 1998.–El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general del Instituto Social de las Fuerzas Armadas.
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