De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la
Jurisdiccción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo
que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme
dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Murcia, en el recurso número 2.312/1996, interpuesto por
doña Encarnación Soto Ibáñez, sobre prestación familiar.
Madrid, 30 de septiembre de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez
Menéndez.
Excmo. Sr. Director general del Instituto Social de las Fuerzas Armadas.
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