Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-24251

Resolución de 28 de septiembre de 1998, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes la denominada «Fundación World Impact Ministries», de Altea (Alicante).

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 20 de octubre de 1998, páginas 34702 a 34703 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-24251

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones

Docentes de la denominada "Fundación World Impact Ministries", instituida en

Benidorm (Alicante) y domiciliada en Altea (Alicante) urbanización "Sierra

de Altea", número 20.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida por doña Elín Riegel y otros

en escritura otorgada en Benidorm el día 4 de noviembre de 1997,

modificada por otra de fecha 4 de junio de 1998.

Segundo.-Tendrá por objeto establecer un centro de enseñanza y

formación en España para Ministros, Pastores líderes de cualquier credo,

aunque siempre siguiendo la doctrina cristiana, para que puedan alcanzar

un pleno conocimiento bíblico de las enseñanzas de Cristo. En concreto

se impartirán, a título enunciativo, nociones de administración de

comunidades religiosas, liderazgo personal de los Pastores y Ministros, idiomas,

informática, etc.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación según consta en la

escritura de constitución asciende a 1.000.000 de pesetas.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación

se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento

y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los

Patronos sus cargos con carácter gratuito.

Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por: Presidenta,

doña Elín Riegel; Vicepresidenta-Secretaria, doña Magdalena Such

Ferrándiz y Tesorero don Raúl Emilio Wals Engwald, habiendo aceptado todos

ellos sus respectivos cargos.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge

en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los

mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado,

Vistos la Constitución vigente, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre

("Boletín Oficial del Estado" del 25), de Fundaciones y de Incentivos

Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés Cultural, el

Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal de 23 de febrero de

1996 ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo); el Reglamento de

Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972 ("Boletín Oficial del

Estado" de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente

aplicación.

Fundamentos de derecho

Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de

fundación para fines de interés general.

Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría la resolución de este

expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2, h) del Real Decreto

1887/1996, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 6).

Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la

inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del órgano

al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución

de fines de interés generalyaladeterminación de la suficiencia de la

dotación, considerándose competente a tal efecto la Secretaría General

del Protectorado de Fundaciones Docentes y de Investigación, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.

Cuarto.-Examinados los fines de la fundación y el importe de la

dotación la Secretaría General de Fundaciones Docentes y de Investigación

estima que aquéllos son de tipo educativo e interés general y que la dotación

es inicialmente suficiente y adecuada para el cumplimiento de los fines;

por lo que, acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en

el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar

la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito estatal,

Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de

Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del

Departamento, ha resuelto inscribir en el Registro de Fundaciones a la

denominada "Fundación World Impact Ministries" de ámbito estatal, con

domicilio en Altea (Alicante), urbanización "Sierra de Altea", número 20,

así como el Patronato, cuya composición figura en el quinto de los

antecedentes de hecho.

Madrid, 28 de septiembre de 1998.-El Subsecretario, Ignacio González

González.

Sr. Secretario general de Fundaciones Docentes, de Investigación y

Deportivas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid