El centro denominado "Vedruna" tenía suscrito concierto educativo
para ocho unidades (cuatro de BUP/COU y cuatro de Bachillerato LOGSE)
en base a lo establecido en la Orden de 9 de mayo de 1997 ("Boletín
Oficial del Estado" del 14) por la que se resolvió la renovación de los
conciertos educativos de centros docentes privados para el curso
1997-1998.
Por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del
2 de junio) por la que se resuelve la modificación de los conciertos
educativos para el curso 1998-1999, se aprobó concierto educativo al centro,
para ocho unidades (una de COU, excepcionalmente para el curso
1998-1999 y siete de Bachillerato LOGSE).
Vista la solicitud formulada por la representante de la titularidad en
la que manifiesta la inexistencia de alumnos en la unidad concertada de
COU para el curso 1998-1999.
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar la disminución de la unidad concertada en el nivel
de COU, por falta de alumnado, al centro de Bachillerato "Vedruna", sito
en calle Espinar, 41, de Madrid, quedando establecido un concierto
educativo para siete unidades de Bachillerato LOGSE.
Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará
al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar
y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos
que por la presente se acuerda.
Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia
firmada por el Director Provincial de Madrid y el titular del Centro o persona
con representación legal debidamente acreditada.
Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo
mínimo de cuarenta y ocho horas.
Cuarto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos
desde el inicio del curso 1998-1999.
Quinto.-De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la
presente Orden agota la vía administrativa, por lo que, contra la misma, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la Orden
previa comunicación a este Departamento.
Madrid, 2 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 16 de junio de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación
y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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