La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
ha dictado sentencia, con fecha 5 de mayo de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 3/331/1996, en el que son partes, de una,
como demandante, doña Gloria Palao Azorín y otros, y de otra, como
demandada, la Administración General del Estado, representada y
defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del propio
Departamento de fecha 22 de enero de 1996, sobre integración en el Cuerpo
General Administrativo.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos estimar y estimamos el presente recurso
contencioso-administrativo número 3/331/1996, interpuesto por la
representación de doña Gloria Palao Azorín, don José Martín Carrillo, doña María
del Carmen Mendoza Carnerero, don Antonio García Pérez, don Juan de
la Calle Román, doña María Jiménez Gómez, don Juan Fernández
Rodríguez, doña Isabel Rodríguez Redondo, don Antonio Millán Marín, doña
Marta Sierra Villa Tobas, doña Rosa María de Arriba y Manrique, doña
Águeda Lorenzo Sualdea, doña María Teresa Buzarra Alonso, doña María
del Carmen Ramírez Martínez, doña María Ballester Salinas, doña María
Angustias Almohalla de las Cavadas y doña María de los Ángeles de Diego
Arranz, contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones
Públicas, descritas en el primer fundamento de Derecho, que se anula
en lo que es objeto de este recurso, por ser contrario al ordenamiento
jurídico. Y declaramos el derecho de los recurrentes a que su nombramiento
se realice con efectos administrativos de 11 de marzo de 1985yaque
se retrotraigan los correspondientes efectos económicos a los cinco años
anteriores a su reclamación inicial de 22 de diciembre de 1995.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 8 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997,
"Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás
González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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