La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
ha dictado sentencia, con fecha 21 de julio de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 3/2.540/1996, en el que son partes, de
una, como demandante, don Francisco Javier Aguilo Pomar, y de otra,
como demandada, la Administración General del Estado, representada y
defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección
General de Servicios de la Administracio Pública, de fecha 23 de septiembre
de 1996, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo número 2.540/1996, interpuesto por don Francisco
Javier Aguilo Pomar, representado por el Procurador don Saturnino
Estévez Rodríguez, contra la Resolución del Ministerio para las
Administraciones Públicas de fecha 23 de septiembre de 1996, descrita en el primer
fundamento de derecho, acto que se confirma por ajustarse al ordenamiento
jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 8 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de
1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General
de Servicios de la Administración Pública.
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