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Documento BOE-A-1998-25162

Resolución de 16 de octubre de 1998, de la Universidad de Castilla-La Mancha, sobre convocatoria de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, para la funcionarización del personal laboral fijo de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 3 de noviembre de 1998, páginas 35913 a 35920 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-25162

TEXTO ORIGINAL

Aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la

Universidad de Castilla-La Mancha, de fecha 22 de julio de 1998, la

modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal

de Administración y Servicios, publicada por Resolución de 1 de

septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 30), el

Reglamento de Implantación de la Relación de Puestos de Trabajo

determina en el artículo 3 la unificación de plantillas del Personal de

Administración y Servicios a través de los procesos de

funcionarización.

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria

decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial

del Estado" del 3), de medidas urgentes para la Reforma de la

Función Pública, adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio

("Boletín Oficial del Estado" del 29), y en uso de la autorización

contenida en el apartado tres. 1 del artículo 34 de la Ley 4/1990,

de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990

("Boletín Oficial del Estado" del 30),

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18, en relación con el artículo 3. o , e), de

la Ley de Reforma Universitaria, así como en los Estatutos de

la Universidad, aprobados por Real Decreto 1291/1991, de 2

de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3), acuerda convocar

proceso selectivo para el ingreso en Escalas de Administración

General y Escalas de Administración Especial de la Universidad

de Castilla-La Mancha, por el turno de plazas afectadas por el

artículo 15 de la Ley de Medidas, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1. Se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de las

escalas de funcionarios de la Universidad de Castilla-La Mancha, por

el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas,

para la funcionarización del personal laboral fijo, según las

equivalencias que constan en el anexo I:

Escalas de Administración General:

Plazas de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la

Información (Grupo A).

Plazas de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática

(Grupo B).

Plazas de la Escala Técnica Auxiliar de Informática (Grupo C).

Plaza de la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos

(Grupo A).

Plaza de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y

Museos (Grupo B).

Plazas de la Escala de Gestor Técnico de Biblioteca y Archivo

(Grupo C).

Plaza de la Escala Administrativa (Grupo C).

Plazas de la Escala Auxiliar Administrativa (Grupo D).

Plazas de la Escala de Técnico de Servicios (Grupo C).

Plazas de la Escala de Gestor de Servicios (Grupo D).

Plazas de la Escala Subalterna (Grupo E).

Escalas de Administración Especial:

Plazas de la Escala de Conductores: Técnico auxiliar (Grupo C).

Plazas de la Escala de Conductores: Personal de oficio

(Grupo D).

Plazas de Mantenimiento: Técnico auxiliar (Grupo C).

Plazas de Mantenimiento: Personal de oficio (Grupo D).

Plazas de Técnico de Deportes: Técnico auxiliar (Grupo C).

Plazas de Técnico de Deportes: Personal de oficio (Grupo D).

Plazas de la Escala de Laboratorios, Técnico Medio (Grupo B).

Plazas de la Escala de Laboratorios, Técnico Auxiliar (Grupo C).

Plazas de la Escala de Laboratorios, Personal de oficio

(Grupo D).

Plaza de la Escala de Diseño y Artes Gráficas, Técnico Superior

(Grupo A).

Plazas de la Escala de Diseño y Artes Gráficas, Técnico Auxiliar

(Grupo C).

Plazas de la Escala de Diseño y Artes Gráficas, Personal de

oficio (Grupo D).

Plaza de Técnico Medio de Seguridad y Salud Laboral

(Grupo B).

Plazas de Técnico Medio de la Escala de Servicios (Grupo B).

Plaza de Técnico Medio de Deportes (Grupo B).

Plaza de la Escala de Servicios: Técnico audiovisuales

(Grupo C).

Plaza de la Escala de Servicios: Oficio audiovisuales (Grupo D).

Plaza de la Escala de Servicios: Oficial de servicios (Grupo D).

1.2 El proceso de funcionarización se efectuará al grupo de

funcionarios equivalente al grupo laboral a que se pertenezca,

siempre, que al finalizar el plazo de presentación de solicitudes,

se ostente la titulación requerida para cada grupo de funcionarios.

En el caso de no poseer la titulación correspondiente, la

funcionarización se efectuará al grupo inferior de funcionario que

corresponda a cada trabajador según la titulación que posea.

Con carácter general, en dicho concurso-oposición quedarán

eximidos de los ejercicios de la fase de oposición quienes hayan

acreditado los conocimientos requeridos en las pruebas superadas

para acceder a la condición de personal laboral fijo.

Como excepción, el personal laboral perteneciente al grupo

1. o del convenio colectivo se funcionarizará al grupo B, salvo que

en la convocatoria de acceso a la Universidad de Castilla-La

Mancha se exigiera, con carácter excluyente, la titulación de

Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior. No obstante si optaran

por funcionarizarse al grupo A, deberán realizar el correspondiente

concurso-oposición, sin exención de prueba alguna.

1.3 El proceso selectivo para el personal laboral fijo del grupo

1. o comprendido en el tercer párrafo del punto 1.2 de esta

convocatoria, que opte por funcionarizarse en el grupo A, constará

de una fase de concurso y otra de oposición, con las valoraciones,

pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el

anexo II.

1.4 Los programas que han de regir las pruebas selectivas

para la funcionarización en Escalas del Grupo A son los que figuran

el anexo III de esta convocatoria.

1.5 El proceso selectivo para el personal laboral fijo del grupo

2. o al 5. o , ambos inclusive, y para el grupo 1. o excluido del tercer

párrafo del punto 1.2 de esta convocatoria, constará de una fase

de concurso y otra de oposición, con las valoraciones,

puntuaciones y exención de pruebas que se especifican en el anexo II,

según el punto 1.1 del "Plan de Consolidación y Mejora de

Plantillas de la Universidad de Castilla-La Mancha, en consonancia

con el punto 9.4 de la Orden del Ministerio para las

Administraciones Públicas, de 27 de marzo de 1991 ("Boletín Oficial del

Estado" de 1 de abril).

1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.7 El Rector de la Universidad hará pública la lista de los

aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Dicha lista deberá ser expuesta, en todo caso, en el tablón de

anuncios del Rectorado, Vicerrectorados de Campus y demás

centros de esta Universidad.

1.8 El personal que supere el proceso selectivo quedará

destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que

su puesto se haya reconvertido, y deberá permanecer en el mismo

durante un plazo mínimo de dos años, siéndole de aplicación lo

dispuesto en el artículo 20.1.f) de la Ley de Medidas para la

Reforma de la Función Pública.

1.9 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de

10 de abril), el anexo II y III de la Resolución de la Universidad

de Castilla-La Mancha, de 1 de septiembre de 1998, sobre

publicación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo

del Personal de Administración y Servicios ("Boletín Oficial del

Estado" del 30), y lo dispuesto en las presentes bases.

2. Requisitos de los candidatos

2. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas,

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1 Ser español.

2.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.3 Estar en posesión de la siguiente titulación académica

o legalmente equivalente:

2.3.1 Para las Escalas de Grupo A: Título de Licenciado,

Arquitecto o Ingeniero Superior.

2.3.2 Para las Escalas de Grupo B: Título de Diplomado

universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, Formación

Profesional de tercer grado o equivalente. De conformidad con lo

establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, se considerará equivalente al título de Diplomado

universitario haber superado los tres primeros cursos completos

de una misma licenciatura.

2.3.3 Para las Escalas de Grupo C: Título de Bachiller

Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller

LOGSE, Formación Profesional de segundo grado, o tener aprobadas

pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco

años.

2.3.4 Para las Escalas de Grupo D: Título de Bachiller

Elemental, Graduado Escolar o Certificado de Estudios Primarios

expedido con anterioridad a la finalización del año académico

1975-76, según establece la Orden de 4 de febrero de 1986,

("Boletín Oficial del Estado" del 8).

2.3.5 Para la Escala Subalterna Grupo E: Certificado de

Estudios Primarios o Escolaridad.

2.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.6 Desempeñar como personal laboral fijo un puesto de

trabajo clasificado como propio de funcionario en la correspondiente

Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración

y Servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha, publicada

por Resolución de la Universidad, de 1 de septiembre de 1998,

("Boletín Oficial del Estado" del 30).

2.7 Todos los requisitos enumerados en la base 2 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión

como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas

que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial, será facilitada

gratuitamente en el Rectorado de la Universidad, Vicerrectorados

de Albacete, Cuenca y Toledo, y Centros docentes de la

Universidad.

A la solicitud se acompañará fotocopia compulsada del título

exigido en la base 2.3 o certificación académica oficial que acredite

tener cursados todos los estudios necesarios para la obtención

del mismo y abonados los derechos de expedición del título. De

conformidad con lo previsto en el artículo 35, apartado f), de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el supuesto que la

titulación académica exigida para el proceso de funcionarización se

encontrase en el expediente administrativo del solicitante, deberá

hacerlo constar expresamente en la solicitud.

A efectos de puntuación en la fase de concurso, los aspirantes

deberán presentar certificación oficial de los cursos de formación

realizados y que se encuentren relacionados con la plaza.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,

"ejemplar a presentar por el interesado", del modelo de solicitud) se

hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de

Castilla-La Mancha, o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, excepto en Entidades

de la Administración Local, en el plazo de veinte días naturales,

a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al Rector de la

Universidad de Castilla-La Mancha.

Las solicitudes cursadas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

organismo competente.

El interesado adjuntará a la solicitud el comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 6 de la

misma. Asimismo deberán solicitar expresándolo en el recuadro

número 7, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 Los ejercicios de la fase de oposición para ingreso del

personal laboral fijo del Grupo 1, cuya convocatoria de acceso

a la Universidad de Castilla-La Mancha no exigiera, con carácter

excluyente, la titulación de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero

Superior, en la Escala del grupo A que corresponda, se realizarán

únicamente en Ciudad Real; en consecuencia, los aspirantes

deberán dejar en blanco el recuadro correspondiente a "provincia de

examen".

3.5 Conforme determina el artículo 18 de la Ley 66/1997,

de Medidas fiscales, Administrativas y del Orden Social, los

derechos de examen serán de:

2.000 pesetas para el grupo A.

1.500 pesetas para el Grupo B,

1.000 pesetas para el Grupo C,

750 pesetas para el Grupo D,

600 pesetas para el Grupo E,

que se ingresarán en la cuenta cliente código 2105 0200 85

014003722-3 de Caja Castilla-La Mancha, Oficina calle Ciruela,

número 9, Ciudad Real.

El ingreso podrá realizarse en metálico o mediante transferencia

bancaria.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del

pago de los derechos. La falta de este justificante determinará

la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la

trasferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación

en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en

la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.7 A la solicitud se incorporará, de oficio, certificación

expedida por la Gerencia acreditativa de pertenecer a la Universidad

de Castilla-La Mancha como personal laboral fijo, con

especificación del grupo profesional, categoría laboral y antigüedad.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Rector

de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará Resolución en

el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado", declarando aprobada la lista de admitidos y la relación

de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

En esta lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre

y número de documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrían de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

La Resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos

pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes definitivamente

excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo.

5. Tribunal

5.1 El tribunal calificador de las pruebas será el que figura

como anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector, cuando concurran en ellos

circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas

de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco

años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las causas de abstención

citadas.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares

o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso

selectivo.

5.4 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudiera suscitar la aplicación de estas normas, así

como lo que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores

a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de

la Universidad.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que las hubieran solicitado en la forma prevista en la base 3.3,

las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración

Sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos

Sociales o de la Comunidad Autónoma.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban

ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca

la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos

aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18

de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22), o

cualesquiera otros equivalentes.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuran marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de

Castilla-La Mancha, calle Altagracia 50, 13071 Ciudad Real,

teléfono 926/29 53 00.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto

236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 18).

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del tribunal para que acrediten su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de

los ejercicios, en único llamamiento, siendo excluidos de las

pruebas selectivas quienes no comparezcan.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las

inexactitudes o falsedades en que haya incurrido el aspirante en la

solicitud de admisión, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso

ordinario ante el Rector.

7. Lista de aprobados y nombramiento de funcionarios

7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará públicas

en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en

la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos,

la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo,

por orden de puntuación y con indicación de sus números de

documento nacional de identidad.

El presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Rector de la Universidad, especificando

igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

7.2 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá

efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Ciudad Real, 16 de octubre de 1998.-El Rector, Luis Alberto

Arroyo Zapatero.

ANEXO II

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección en todas las Escalas constará

de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

1.2 Fase de concurso:

1.2.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, se valorarán exclusivamente los méritos que constan en

el apartado 2.1 del anexo II.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición

a los aspirantes que no estén exentos de su realización.

1.3 Fase de oposición.

1.3.1 Grupo A. La fase de oposición constará de tres

ejercicios de carácter eliminatorio cada uno:

Primer ejercicio: Teórico.-Consistirá en desarrollar por escrito

dos temas a su elección de los cuatro que propondrá el Tribunal

relacionados con el programa, durante un tiempo máximo de dos

horas.

Segundo ejercicio: Práctico.-Consistirá en resolver un

supuesto práctico, de entre tres propuestos por el Tribunal, mediante

el uso de las herramientas informáticas de aplicación al puesto

de trabajo, durante un tiempo máximo de tres horas. El ejercicio

será leído ante el Tribunal en sesión pública y el opositor deberá

responder oralmente a las cuestiones que le plantee el Tribunal.

Tercer ejercicio: Idiomas.-Traducción directa sin diccionario

de inglés o francés o prueba de conversación, a elección del

candidato, durante un tiempo máximo de treinta minutos.

Estarán exentos de realizar la fase de oposición los aspirantes

seleccionados a través de pruebas donde fuera requisito excluyente

la titulación de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior, para

acceder al grupo 1. o de personal laboral fijo, y cuyo puesto de

trabajo conste relacionado en el anexo I.

1.3.2 Grupo B. La fase de oposición constará de dos

ejercicios de carácter eliminatorio cada uno:

Primer ejercicio: Teórico.-Consistirá en desarrollar por escrito

un tema, a elección del opositor, de tres propuestos por el Tribunal

basado en el contenido del programa. El tiempo máximo de

realización será de noventa minutos.

Segundo ejercicio: Práctico.-Consistirá en resolver un

supuesto práctico, de entre tres propuestos por el Tribunal, mediante

la utilización de las herramientas informáticas adecuadas a las

características de la plaza, durante un tiempo máximo de dos horas

y media. El ejercicio será leído ante el Tribunal, en sesión pública,

y el opositor deberá responder oralmente a las cuestiones que

le plantee el Tribunal.

Estarán exentos de realizar la fase de oposición los aspirantes

del grupo 2. o de personal laboral fijo, cuyo puesto de trabajo

conste relacionado en el anexo I.

1.3.3 Grupo C. La fase de oposición constará de dos

ejercicios de carácter eliminatorio cada uno:

Primer ejercicio: Teórico.-Consistirá en responder un

cuestionario de preguntas con respuestas alternativas basado en el

contenido del programa. El tiempo máximo de realización será

de sesenta minutos.

Segundo ejercicio: Práctico.-Consistirá en resolver un

supuesto práctico de entre tres propuestos por el Tribunal basado en

el contenido del programa, utilizando la herramienta adecuada

al puesto de trabajo (vehículos, aparatos y útiles de laboratorio,

aparatos y herramientas de mantenimiento y las relacionadas con

el oficio, herramientas informáticas propias del puesto de trabajo

y, en general, aquellas que resulten necesarias para el desempeño

del puesto de trabajo, profesión u oficio). El tiempo máximo de

realización será de noventa minutos.

Estarán exentos de realizar la fase de oposición los aspirantes

del grupo 3. o de personal laboral fijo que reúnan el requisito de

titulación académica, cuyo puesto de trabajo conste relacionado

en el anexo I.

1.3.4 Grupo D. La fase de oposición constará de dos

ejercicios de carácter eliminatorio cada uno:

Primer ejercicio: Teórico.-Cuestionario de preguntas con

respuestas alternativas basado en el contenido del programa, con

una duración máxima de cuarenta y cinco minutos.

Segundo ejercicio: Práctico.-Consistirá en resolver un

supuesto práctico, propuesto por el Tribunal, utilizando la herramienta

adecuada al puesto de trabajo (vehículos, aparatos y útiles de

laboratorio, aparatos y herramientas de mantenimiento y las

relacionadas con el oficio, herramientas informáticas propias del

puesto de trabajo y, en general, aquellas que resulten necesarias para

el desempeño del puesto de trabajo, profesión u oficio), con una

duración máxima de sesenta minutos.

Estarán exentos de realizar la fase de oposición los aspirantes

del grupo 3. o que no cumplan el requisito de la titulación de

Bachiller Superior o equivalente para acceder al grupo C, y los del

grupo 4. o de personal laboral fijo, cuyo puesto de trabajo conste

relacionado en el anexo I.

1.3.5 Grupo E. La fase de oposición constará de un

ejercicio, dividido en dos partes, cada una de las cuales,

individualmente consideradas, tendrá carácter eliminatorio, y ambas se

desarrollarán en la misma sesión:

Primera parte: Teórica.-Cuestionario de preguntas con

respuestas alternativas sobre el contenido del programa. El tiempo

de realización será como máximo de cuarenta y cinco minutos.

Segunda parte: Práctica.-Consistirá en resolver un supuesto

práctico con respuestas alternativas sobre funciones relativas al

puesto de trabajo. El tiempo de realización será como máximo

de cuarenta y cinco minutos.

Estarán exentos de realizar la fase de oposición los aspirantes

del grupo 4. o que no reúnan el requisito de titulación para acceder

al grupo D, y los del grupo 5. o de personal laboral fijo, cuyo

puesto de trabajo conste relacionado en el anexo I.

2. Valoración

2.1 Fase de concurso:

La puntuación de la fase de concurso será hasta un 40 por

100 de la puntuación de la fase de oposición, con la siguiente

distribución:

Hasta el 90 por 100 de la puntuación del concurso se valorará

la experiencia profesional a razón de un punto por cada año de

servicios efectivamente prestados en la Universidad de Castilla-La

Mancha, o reconocidos en virtud de convenio. En los periodos

inferiores a seis meses se valorarán a 0,16 puntos por cada mes

completo.

Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se

valorarán al 50 por 100 de las puntuaciones anteriores.

Hasta el 10 por 100 de la puntuación del concurso se valorarán

los cursos de formación relacionados con la plaza, superados con

aprovechamiento, a 0,25 puntos por curso de treinta horas o más

realizado en los últimos cinco años. Solamente podrán valorarse

los cursos homologados por la Universidad de Castilla-La Mancha

y por otras Administraciones Públicas, relacionados con la plaza.

2.2 Fase de oposición:

2.2.1 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán en

la forma siguiente:

2.2.2 Grupo A:

Primer ejercicio: Teórico.-Su calificación será

de0a10puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para

superarlo. El ejercicio será eliminatorio.

Segundo ejercicio: Práctico.-La calificación será de 0 a 10

puntos. El ejercicio será leído ante el Tribunal, en sesión pública,

y el opositor deberá responder oralmente a las cuestiones que

le plantee el Tribunal. Las respuestas del opositor a las preguntas

del Tribunal podrán modificar la puntuación anterior en más o

menos 2,5 puntos. El ejercicio será eliminatorio y la puntuación

mínima para superarlo será de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Idiomas.-La calificación será de0a5puntos,

siendo necesario un mínimo de 2,5 puntos para superarlo.

2.2.3 Grupo B:

Primer ejercicio: Teórico.-Su calificación será

de0a10puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para

superarlo. El ejercicio será eliminatorio.

Segundo ejercicio: Práctico.-La calificación será de 0 a 15

puntos. El ejercicio será leído ante el Tribunal, en sesión pública,

y el opositor deberá responder oralmente a las cuestiones que

le plantee el Tribunal. Las respuestas del opositor a las preguntas

del Tribunal podrá modificar la puntuación anterior en más o

menos 2,5 puntos. El ejercicio será eliminatorio y la puntuación

mínima para superarlo será de 7,5 puntos.

2.2.4 Grupo C:

Primer ejercicio: Teórico.-Su calificación será

de0a15puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 puntos para

superarlo. El ejercicio será eliminatorio.

Segundo ejercicio: Práctico.-La calificación será de 0 a 10

puntos. El ejercicio será eliminatorio y la puntuación mínima para

superarlo será de 5 puntos.

2.2.5 Grupo D:

Primer ejercicio: Teórico.-Su calificación será

de0a10puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para

superarlo. El ejercicio será eliminatorio.

Segundo ejercicio: Práctico.-La calificación será de 0 a 10

puntos. El ejercicio será eliminatorio y la puntuación mínima para

superarlo será de 5 puntos.

2.2.6 Grupo E:

Primera parte: Teórica.-Su calificación será de0a15puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 puntos para superarlo.

El ejercicio será eliminatorio.

Segunda parte: Práctica.-La calificación será de0a15puntos.

El ejercicio será eliminatorio y la puntuación mínima para

superarlo será de 7,5 puntos.

ANEXO III

PROGRAMAS

1. Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos

de la Universidad de Castilla-La Mancha

I. Biblioteconomía

1. La biblioteconomía y las bibliotecas. Concepto y función

en la sociedad actual.

2. Las bibliotecas nacionales. La Biblioteca Nacional de

España.

3. La biblioteca pública: Concepto y función. Las bibliotecas

públicas en España.

4. Bibliotecas universitarias: Concepto y función. Las

bibliotecas universitarias en España: Situación actual.

5. La biblioteca de la Universidad de Castilla-La Mancha.

6. Principales servicios en una biblioteca universitaria.

7. La catalogación en un entorno automatizado. Formatos

de intercambio de información bibliográfica: El Formato MARC.

8. La clasificación. Clasificaciones sistemáticas y

alfabéticas. La CDU.

9. Los catálogos: Concepto, clases y fines. Nuevos soportes

de los catálogos en una biblioteca: OPACsÂ.

10. Conservación y restauración del fondo bibliográfico.

11. La cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes de

bibliotecas universitarias en España.

II. Bibliografía y documentación

12. La bibliografía: definición, objetivos, evolución histórica

y tipología.

13. Bibliografía de bibliografías.

14. Bibliografías generales y nacionales. La Bibliografía

española.

15. La literatura gris: Repertorios impresos y automatizados.

16. Las publicaciones periódicas: Repertorios impresos y

automatizados.

17. Los catálogos automatizados. Principales catálogos

colectivos.

18. Fuentes de información impresas y automatizadas en

Ciencias Sociales.

19. Fuentes de información impresas y automatizadas en

Humanidades.

20. Fuentes de información impresas y automatizadas en

Ciencia y Tecnología.

21. Fuentes de información impresas y automatizadas en

Biomedicina.

22. Las bases de datos: Definición, tipología y distribución.

23. Los soportes ópticos y multimedia. El CD-ROM y el DVD.

24. Internet. Principales recursos bibliográficos y

documentales en red.

25. Servicios teleinformáticos básicos: correo electrónico,

transferencia de ficheros, conexión remota, etc. Aplicaciones en

biblioteconomía y documentación.

26. Servicios teleinformáticos avanzados: Noticias, Gopher,

Web, EDI, WAIS, ILL, Z39-50, etc. Aplicaciones en

biblioteconomía y documentación.

27. Implicaciones sociales y culturales de la innovación

tecnológica en información y documentación: la sociedad de la

información.

28. Análisis documental. Indización.

29. Lenguajes documentales. El thesaurus: Elementos,

construcción y mantenimiento.

30. La automatización bibliotecaria. Principales sistemas de

gestión integral de bibliotecas en España.

III. Historia del libro y de las bibliotecas

31. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.

32. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.

33. El libro y las bibliotecas desde el siglo XVI hasta la

actualidad.

34. Las bibliotecas universitarias: origen y evolución.

35. Origen y desarrollo de las publicaciones periódicas.

Prensa y revistas en España, siglos XVIII-XX. Las revistas electrónicas.

36. Fuentes bibliográficas para el estudio de la España

Moderna y Contemporánea.

37. La industria editorial y el comercio del libro en España.

El marco legal.

38. El futuro del libro y las bibliotecas. Influencia de las

nuevas tecnologías.

IV. Archivística e Historia de los archivos

39. Concepto de archivo y archivística. El documento y su

tipología. Evolución histórica.

40. Funciones y organización del archivo de oficina y del

archivo intermedio.

41. Valoración y selección de fondos. Transferencias y

expurgos.

42. Identificación de los fondos. Sistemas de clasificación y

ordenación. La descripción archivística.

43. Los archivos y las nuevas tecnologías.

44. Los principales archivos españoles. Evolución histórica.

V. Gestión, planificación y evaluación

45. Técnicas de gestión y administración para bibliotecas y

centros de información.

46. Planificación estratégica y dirección por objetivos.

Gestión de calidad en los servicios de información.

47. Bibliotecas universitarias y científicas: Normas y

directrices para la planificación.

48. Los edificios e instalaciones de bibliotecas y archivos

universitarios. Planificación de la organización espacial y del

equipamiento.

49. Gestión de la colección bibliográfica: Selección y

adquisición de libros, publicaciones periódicas y fondos especiales en

las bibliotecas universitarias. Criterios para su formación,

mantenimiento y evaluación.

50. Gestión de la colección bibliográfica: Proceso técnico de

libros, publicaciones periódicas y materiales especiales en las

bibliotecas universitarias. Normalización y criterios de

mantenimiento y evaluación de catálogos.

51. La Bibliometría y su aplicación en la evaluación de las

colecciones.

VI. Organización administrativa y derecho

52. La Constitución Española. Organización territorial del

Estado español.

53. El funcionario público: Concepto, clases, situaciones,

deberes y derechos.

54. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Atención al ciudadano y calidad de los servicios

en la Administración Pública.

55. Legislación de contratos de las Administraciones

Públicas.

56. La Universidad de Castilla-La Mancha. Los Estatutos.

57. El Reglamento y la Normativa Básica de la Biblioteca y

del Archivo de la Universidad de Castilla-La Mancha.

58. Legislación española sobre patrimonio artístico,

bibliográfico y documental. La Ley de Propiedad Intelectual.

59. El sistema español de bibliotecas. Legislación y

competencias de las distintas administraciones.

60. El sistema de archivos, bibliotecas y museos de la

Comunidad de Castilla-La Mancha.

2. Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la

Información

I. Los sistemas de información y la organización

1. Definición y estructuras de los sistemas de información.

2. Las etapas de informatización de las organizaciones. El

modelo de Nolan y otros modelos.

3. El papel del directivo de Sistema de Información en la

Administración.

4. Organización y funcionamiento de un Centro de Sistema

de Información.

5. Dirección de proyectos. Planificación de recursos técnicos

y humanos. Técnicas de control.

6. La seguridad informática: Autentificación, integridad,

confidencialidad, disponibilidad. Procedimientos operativos de

seguridad. Sistema organizativo. La certificación de seguridad en

los sistemas. Criterios ITSEC.

7. La seguridad en redes públicas de datos. Seguridad en

entornos de red privados. Mecanismos de protección de la

confidencialidad. Técnicas de cifrado.

8. La legislación de protección de datos de carácter

personal: La LORTAD. La Directiva 95/46/CE. La Agencia de

Protección de Datos.

9. Auditoría informática.

10. La planificación de la capacidad de los sistemas

informáticos.

11. Líneas de estrategia de actuación de la Administración

en el campo de las Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones.

12. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de

Información en la Administración del Estado.

13. La rentabilidad de las inversiones en los proyectos de

Tecnologías de la Información.

II. Tecnología básica

14. Funcionamiento y elementos de un sistema informático.

Los subsistemas físico y lógico.

15. La unidad central de procesamiento.

16. La periferia de un sistema informático.

17. Dispositivos de almacenamiento de la información.

18. Tipos de sistemas de información multiusuario. Sistemas

grandes, medios y pequeños, servidores de datos y de aplicaciones.

19. Tendencias actuales de las arquitecturas informáticas: El

procesamiento cooperativo y la arquitectura cliente-servidor.

20. Concepto, evolución y tendencias de los sistemas

operativos.

21. El sistema operativo UNIX.

22. El modelo relacional. Las reglas Cood y la normalización.

Operadores básicos del álgebra relacional.

23. Elementos básicos de SQL.

24. Nuevas técnicas SGBD: Bases de datos distribuidas,

orientadas a objetos y deductivas.

25. Búsquedas heurísticas, lógica e inteligencia artificial:

Evolución, aplicaciones, estado actual y tendencias.

26. Ingeniería del conocimiento. Representación del

conocimiento. Sistemas expertos. Herramientas.

27. Gestión de datos corporativos. Almacén de datos (Data

Warehouse). Arquitectura OLAP. Generación de informes a la

Dirección.

28. Lenguajes y herramientas para utilización en redes

Globales. HTML, Java, navegadores (browsers).

29. El papel del Workflow, el Groupware y el Data-Warehouse

en la Administración Pública.

III. Ingeniería de los sistemas de información

30. Modelos de ciclo de vida: cascada y espiral.

31. Planificación estratégica de sistemas de información y

comunicaciones.

32. El Plan de sistema de información.

33. El análisis de requisitos de los sistemas de información

y comunicaciones.

34. Metodológicas de desarrollo de sistemas. Orientación a

procesos y orientación a datos.

35. El análisis estructurado. Diccionarios de datos, diagramas

de flujos de datos, análisis esencial.

36. El análisis orientado a objetos. Objetos, clases, herencia,

métodos. Arquitecturas de objetos distribuidos.

37. Técnicas de análisis y diseño de sistemas transacionales.

38. La metodología Métrica del Consejo Superior de

Informática.

39. Métricas y evolución de la calidad del soporte lógico.

40. La estimación de recursos y esfuerzos en el desarrollo

de sistemas de información.

41. El programa Eurométodo de la Comisión Europea.

42. Reingeniería de sistema de información e ingeniería inversa.

43. Magerit, la metodología del Consejo Superior de

Informática para el análisis y gestión de riesgos de los sistemas de

información.

44. La adaptación al euro y al cambio del año 2000 de los

sistemas de información.

45. La autoridad de certificación en los sistemas de

información. Modelos posibles, características de implantación.

46. La calidad de los servicios de información de la

Administración. El modelo EFQM y la guía para los servicios ISO

9004-2.

IV. Sistemas abiertos

47. Elementos conceptuales y arquitectura de sistemas

abiertos.

48. El modelo de referencia de interconexión de sistemas

abiertos (OSI) del ISO.

49. Política comunitaria de sistemas abiertos. Estrategias de

las Administraciones Públicas.

50. Organizaciones Internacionales y nacionales de

normalización. Normas en el sector de las tecnologías de la información

(TI).

51. El Manual Europeo de Compras de Sistemas Abiertos

(EPHOS).

V. Ofimática e informática departamental

52. Los ordenadores personales. Arquitectura y Sistemas

Operativos.

53. Herramienta de informática personal.

54. El ordenador personal en el marco de la informática

corporativa.

55. El modelo conceptual de los Sistemas de Información de

Oficinas.

56. El tratamiento de imágenes y el procesamiento electrónico

de documentos.

57. Reconocimiento óptico de caracteres y reconocimiento

de voz.

58. Tecnologías de almacenamiento óptico.

59. Las bases de datos documentales. Ejemplos principales.

60. Sistemas de recuperación de la información.

61. Hipertexto, hipermedia y multimedia.

VI. Comunicaciones y redes

62. Medio de transmisión y modo de comunicación.

63. Equipos terminales y de comunicaciones.

64. Redes de área local.

65. Redes de área extensa.

66. Las redes públicas de transmisión de datos: Iberpac,

Ibermic, RDSI.

67. Equipo de interconexión de redes: Repetidores, puentes,

encaminadores y pasarelas.

68. Protocolos de red. El modelo X25.

69. Protocolo de transportes: tipos y funcionamientos. La

familia de protocolos TCP/IP.

70. Protocolos de nivel aplicación. Terminal virtual. FTAM.

71. Los servicios de valor añadido según la Ley de Ordenación

de las Telecomunicaciones.

72. El correo electrónico. Servicio de directorios.

73. El intercambio electrónico de datos (EDI).

74. Servicios avanzados de telecomunicaciones:

Videconferencia, audioconferencia, sistemas "trunking".

75. Las comunicaciones móviles. Telefonía móvil automática

en sus modalidades analógicas y digital (GSM). La telefonía

personal (PCN). Comunicaciones móviles por satélite de baja cota

(LEO'S).

76. Redes de banda ancha. Transición de la RDSI-BE a la

RDSI-BA. La jerarquía digital síncrona (JDS). Técnicas ATM.

77. La red Internet: Evolución, estado actual y tendencias.

Servicios en Internet: Telnet, Ftp, gopher, wais. El Word Wide

Web. Infopistas.

78. Sistemas de cableado.

79. Planificación y gestión de redes.

80. Economía de las Telecomunicaciones.

81. Redes Telemáticas Transeuropeas entre

Administraciones.

82. Los servicios de acceso a información basados en

Infovía/Internet. Agentes que intervienen, características y estructuras

de la redes soportes, métodos de acceso, aspectos de seguridad,

tendencias.

83. Redes Intranet y Extranet. Conceptos, estructuras y

características. Su implantación en las organizaciones.

ANEXO IV

Tribunales

Tribunal titular:

Presidente: Don José Luis González Quejigo, Gerente de la

Universidad.

Vocales: Don José Luis Moraga Alcazar, Director del Servicio

Informático. Don Joaquin Gómez-Pantoja Cumplido, Director de

la Asesoría Jurídica. Don José Ramón Jara Vera, Gerente del

Campus de Albacete. Don José Ignacio Pérez Sempere-Matarredona,

en representación de la Junta del Personal de Administración

y Servicios.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Juan Francisco Martínez Tirado, Inspector de

Servicios de la Universidad.

Vocales: Don Gervasio Fernández Riol, Gerente del Campus

de Toledo. Don Diego Peris Sánchez, Director de la Oficina de

Gestión de Infraestructuras. Don Salvador González-Moncayo

López, Letrado de la Asesoría Jurídica. Don Antonio Quintanilla

Ródenas, en representación de la Junta del Personal de

Administración y Servicios.

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