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Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
(Bilbao), con fecha 28 de abril de 1998, sentencia firme en el recurso
contencioso-administrativo número 4.008/1995, promovido por "Korteta,
Sociedad Anónima", sobre sanción por infracción en materia de pesca
marítima, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallo: Que desestimando el presente recurso
contencioso-administrativo, número 4.008/1995, interpuesto por el Letrado don Javier Martínez
Castrillejo, en nombre y representación de la sociedad mercantil ªKorteta,
Sociedad Anónimaº, en relación con la Orden del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación de 20 de junio de 1995, que desestima el recurso
ordinario interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de
Recursos Pesqueros de 23 de diciembre de 1994, por la que se impone
a don Juan María Artola Arzuaga la sanción de multa, por importe de
464.013 pesetas, en materia de pesca, debemos declarar y declaramos:
Primero.-La conformidad a derecho del acto administrativo recurrido
que, por ello, lo debemos confirmar y lo confirmamos.
Segundo.-Sin efectuar pronunciamiento condenatorio sobre costas
devengadas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios
términos la precitada sentencia.
Madrid, 13 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de 1998)
el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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