Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
con fecha 1 de julio de 1998, sentencia firme en el recurso
contencioso-administrativo número 993/1996, promovido por "Compañía
Internacional Vinícola Agrícola, Sociedad Anónima" (CIVINASA), sobre reintegro
de ayudas en materia de destilación de vinos; sentencia cuya parte
dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo número 993/1996, interpuesto por la Procuradora
doña Dionisa Vázquez Robles, en nombre y representación de ``Compañía
Internacional Vinícola Agrícola, Sociedad Anónima'' (CIVINASA), contra
la resolución de 14 de marzo de 1996, del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación, que desestimó el recurso ordinario planteado contra la
Resolución dictada por el Director general del SENPA en el expediente
559-4/1994, con fecha 14 de junio de 1995, que, desestimando las
alegaciones de la parte actora, declaró indebidamente percibida la cantidad
de 3.490.363 pesetas. Sin costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios
términos la precitada sentencia.
Madrid, 13 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de 1998),
el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del Fondo
Español de Garantía Agraria (FEGA).
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