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El colegio de Villandrando, obra de 1910 del arquitecto palentino Jerónimo Arroyo, constituye un interesante ejemplo de arquitectura modernista en la ciudad de Palencia.
La Dirección General del Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 2 de marzo de 1998, incoó expediente de declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor del colegio de Villandrando, en Palencia.
Con fecha 31 de marzo de 1998, la Universidad de Valladolid informa favorablemente la pretendida declaración.
De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble, con la categoría de monumento, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios par la declaración y los documentos gráficos correspondientes.
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 25 de septiembre de 1998,
DISPONGO:
Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el colegio de Villandrando, en Palencia.
El entorno de protección estará delimitado por una línea que incluye las siguientes fincas:
Manzana 31245. Parcelas 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13. 14, 15 y 16 y fachadas a patio interior de las parcelas 17, 18 y 20.
Manzana 32237. Fachadas a calle Mayor y calle Ignacio Martínez de Azcoitia de las parcelas 1, 2, 3, 4 y 5.
Manzana 32231. Fachada a calle Mayor de la parcela 1.
Manzana 32240. Fachadas a calle Mayor y calle Ignacio Martínez Azcoitia de las parcelas 11, 12, 13 y 14.
La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.
Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León en el plazo de dos meses.
Astorga, 25 de septiembre de 1998.–El Presidente, Juan José Lucas Jiménez.‒La Consejera de Educación y Cultura, Josefa Eugenia Fernández Arufe.
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