De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Quinta), en el recurso número 35/1996, interpuesto por doña María Lourdes Bueno Méndez, sobre revisión de clasificación pasiva.
Madrid, 7 de octubre de 1998.–El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Personal.
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