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Documento BOE-A-1998-25569

Orden de 9 de octubre de 1998 por la que se modifica el concierto educativo del centro «Santo Domingo Savio», de Monzón (Huesca).

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1998, páginas 36331 a 36331 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-25569

TEXTO ORIGINAL

El centro denominado "Santo Domingo Savio" tenía suscrito concierto

educativo para una unidad de Educación Primaria y 12 unidades de

Educación Secundaria Obligatoria, en base a lo establecido en la Orden de

9 de mayo de 1997, por la que se resolvió la renovación de los conciertos

educativos de centros docentes privados para el curso 1997/1998.

Por Orden de fecha 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

de 2 de junio), por la que se resuelve la modificación de los conciertos

educativos para el curso 1998/1999, se aprobó concierto educativo al

centro, para 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria (seis para cada

ciclo), por evolución de la matrícula ya que el titular del centro no solicitó

modificación del concierto educativo.

No obstante, teniendo en cuenta que la titularidad del centro, con fecha

de 19 de mayo de 1998, ha presentado solicitud para participar en el

programa de integración de alumnos con necesidades educativas especiales

y considerando que la Dirección Provincial, una vez finalizado el proceso

de escolarización, remite datos de alumnos con necesidades educativas

especiales escolarizados en el centro, con indicación de la evaluación

psicopedagógica correspondiente, teniendo en cuenta que el número de

alumnos que requieren una atención especial justifica el apoyo solicitado,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo al centro

"Santo Domingo Savio", sito en paseo San Juan Bosco, números 83-85,

de Monzón (Huesca), quedando establecido un concierto educativo para

las unidades que se detallan:

Seis primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.

Seis segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.

Una apoyo a la integración para Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará

al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar

y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos

que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia

firmada por el Director Provincial de Huesca y el titular del centro o persona

con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma, deberá mediar un plazo

mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos

desde el inicio del curso 1998/1999.

Quinto.-De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la

presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa

comunicación a este Departamento.

Madrid, 9 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996,

"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación

y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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