Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 28 de febrero de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.922/1996, promovido por don José Luis Montero y Casado de Amezua, sobre complemento de destino; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por don José Luis Montero y Casado de Amezua, contra la Resolución de 8 de octubre de 1996, del Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que denegó al recurrente los beneficios recogidos en el artículo 33.2 de la Ley 31/1990, de 27 de noviembre, debiendo declarar la misma conforme con el ordenamiento jurídico. No haciendo condena expresa en las costas causadas en este procedimiento.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 15 de octubre de 1998.‒P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid