La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
ha dictado sentencia, con fecha 9 de junio de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 3/584/1996, en el que son partes, de una,
como demandante, don José Luis Camino Puerta, y de otra, como
demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida
por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección
General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 8 de febrero
de 1996, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Primero.-Que estimando el presente recurso 3/584/1996,
interpuesto por don José Luis Camino Puerta, contra la Resolución del
Ministerio para las Administraciones Públicas de 8 de febrero de 1996,
denegatoria de la compatibilidad solicitada, la anulamos por ser contraria
al ordenamiento jurídico, y declaramos el derecho del actor a compatibilizar
su puesto de Auxiliar en la Administración de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria de Tarancón con el ejercicio libre de la profesión
de Graduado Social por las tardes, y con las demás limitaciones establecidas
por los artículos 11 y 12 de la Ley 53/1984 y artículo 11 del Real
Decreto 598/1985.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 21 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de
1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General
de Servicios de la Administración Pública.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid