Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia
(A Coruña), con fecha 16 de julio de 1998, sentencia firme en el recurso
contencioso-administrativo número 5.784/1995, promovido por don
Manuel Fernández Fernández, sobre infracción en materia de pesca
marítima, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso
contenciosoadministrativo interpuesto por don Manuel Fernández Fernández, contra
Orden de 4 de septiembre de 1995, desestimatoria de recurso ordinario
deducido contra otra de la Dirección General de Recursos Pesqueros de 18
de noviembre de 1994, en expediente sancionador VI-5-9740, que impuso
al recurrente una sanción con multa de 800.000 pesetas por faenar en
fondos prohibidos en pesquero ``Javi'', y declaramos la nulidad de aquella
resolución como contraria al ordenamiento jurídico; sin hacer imposición
de las costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios
términos, la precitada sentencia.
Madrid, 23 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de 1998),
el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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