Visto el expediente de indulto de don José María Arejula Soret, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 3 de Zaragoza, en sentencia de fecha
28 de mayo de 1996, como autor de un delito de robo con fuerza, a la
pena de dos meses de arresto mayor y delito de falsificación de documento
oficial, a la pena de seis meses y un día de prisión menor y multa de
100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público
y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de octubre
de 1998,
Vengo en indultar a don José María Arejula Soret las penas privativas
de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone
el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación
y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 16 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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