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En el recurso contencioso-administrativo número 1/2861/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional por la representación procesal de la entidad mercantil «Juan del Pozo Sánchez, Sociedad Limitada», contra la resolución del anterior Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, de fecha 9 de octubre de 1995, relativa a indemnización por vertido de aguas residuales, sin autorización administrativa, al arroyo Cerca Grande, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz), en fecha 12 de marzo de 1998, ha sido dictada sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad “Juan del Pozo Sánchez, Sociedad Limitada”, declarando que la Orden de 9 de octubre de 1995, dictada por el excelentísimo señor Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, no es conforme a derecho, por lo que debe ser anulada, sin costas.»
Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I., para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 22 de octubre de 1998.‒P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996 «Boletín Oficial del Estado» del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Ilmo. Sr. Director general de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas.
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