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Documento BOE-A-1998-26916

Resolución de 30 de octubre de 1998, de la Dirección General de Agricultura, por la que se reconoce como organización de productores de frutas y hortalizas, conforme al artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, a SAT número 9.422 La Plana de Burriana, de Alquerías del Niño Perdido (Castellón).

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1998, páginas 38474 a 38474 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-26916

TEXTO ORIGINAL

La SAT número 9.422 La Plana de Burriana, de Alquerías del Niño

Perdido (Castellón), cuyo ámbito de actuación es superior al de una

Comunidad Autónoma, fue reconocida como organización de productores de

frutas y hortalizas según el Reglamento (CEE) número 1035/72, el 19 de

octubre de 1993. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como

organización de productores de frutas y hortalizas, según lo establecido en

el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28

de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.

Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa

que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:

Primero.-Conceder el reconocimiento como organización de

productores de frutas y hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11

del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, y

la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría V (Cítricos), a la SAT

número 9.422 La Plana de Burriana, de Alquerías del Niño Perdido

(Castellón).

Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de

Productores de Frutas y Hortalizas a la SAT número 9.422 La Plana de

Burriana, de Alquerías del Niño Perdido (Castellón) para la categoría V (Cítricos),

asignándole el número 397.

Tercero.-Que se continúen asignando, hasta su expiración, como

derechos adquiridos las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento

(CEE) número 1035/72, en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE)

2200/96.

Madrid, 30 de octubre de 1998.-El Director general, Rafael Milán Díez.

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