La Sociedad Cooperativa de Comercialización "COATO", de Totana
(Murcia), cuyo ámbito de actuación es superior al de una comunidad
autónoma, fue reconocida como organización de productores de frutas y
hortalizas, según el Reglamento (CEE) número 1035/72, el 6 de febrero de
1987. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como organización de
productores de frutas y hortalizas, según lo establecido en el
artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre,
y la Orden de 30 de abril de 1997,
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa
que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como organización de
productores de frutas y hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11
del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, y
la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría V (Cítricos), a la Sociedad
Cooperativa de Comercialización "COATO", de Totana (Murcia).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de
Productores de Frutas y Hortalizas a la Sociedad Cooperativa de
Comercialización "COATO", de Totana (Murcia), para la categoría V (Cítricos),
asignándole el número 006.
Tercero.-Que se continúen asignando, hasta su expiración, como
derechos adquiridos las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento
(CEE) número 1035/72, en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE)
número 2200/96.
Madrid, 30 de octubre de 1998.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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