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Visto el expediente de indulto de don Luis Miguel Velasco Mateos,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
por orden de la Ministra de Justicia de conformidad con lo establecido
en el artículo 21 de la Ley de Indultos y condenado por el Juzgado de
lo Penal número 6 de Bilbao, en sentencia de fecha 4 de diciembre de 1995,
como autor de un delito de negativa a realizar el servicio militar, a la
pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor e inhabilitación
absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias, por hechos
cometidos en el año 1992, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre
de 1998,
Vengo en indultar a don Luis Miguel Velasco Mateos, la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás
pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de
la condena.
Dado en Madrid a 30 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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