Habiéndose suscrito con fecha 16 de octubre de 1998, un Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad de Madrid, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 3 de noviembre de 1998.‒El Secretario general técnico, Rafael Ramos Gil.
En Madrid, a 16 de octubre de 1998.
REUNIDOS
De una parte, don Jaime Mayor Oreja, Ministro del Interior, en representación del mismo.
Y de otra parte, don Alberto Ruiz-Gallardón, Presidente de la Comunidad de Madrid, en representación de la misma.
Ambas partes se reconocen recíprocamente, con el carácter con que intervienen, plena capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio, y al efecto
MANIFIESTAN
Que el presente convenio se establece en desarrollo del Protocolo de Intenciones firmado entre el Ministerio del Interior y la Comunidad de Madrid con fecha 12 de mayo de 1997.
Que su objeto es establecer las condiciones en las que se realizarán las acciones establecidas en el Protocolo citado y en especial, la formación como pilotos de helicóptero de miembros del Cuerpo de Bomberos, a realizar en el Servicio de Helicópteros de la Dirección General de la Policía.
Que la Dirección General de la Policía realiza periódicamente cursos de habilitación de su personal como Pilotos Comerciales de Helicóptero.
Que la Consejería de Presidencia precisa disponer de personal del Cuerpo de Bomberos con licencia para tripular helicópteros, en cumplimiento de las misiones asignadas a dicho Cuerpo.
En consecuencia ambas partes
ACUERDAN
La Dirección General de la Policía, en el curso de formación de pilotos de helicóptero a celebrar durante 1998-1999-2000, formará a dos funcionarios del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
La Consejería de Presidencia abonará los gastos correspondientes a la formación de su personal, en pagos trimestrales al final de cada período, de acuerdo con las horas lectivas impartidas en el mismo.
La previsión económica del gasto a abonar por la formación de los alumnos del Cuerpo de Bomberos para el curso a comenzar durante 1998, tendrá un importe total de 13.000.000 de pesetas (2.167.000 en 1998, 8.667.000 en 1999 y 2.166.000 pesetas en el año 2000).
Como justificación de estos gastos, la Dirección General de la Policía remitirá al final de cada período de tres meses, a la Consejería de Presidencia, certificación donde consten las horas lectivas por alumno, así como la documentación acreditativa de la prestación realizada. Si no se impartiera un período completo a uno o ambos alumnos, se efectuará solamente el abono corresponde al período o períodos impartidos, de acuerdo con las horas lectivas realizadas.
Durante el período formativo, el personal del Cuerpo de Bomberos cumplirá el horario establecido para el curso, en las instalaciones de la Dirección General de la Policía, o en aquellas que se determinen por el responsable del proceso formativo.
A partir de la firma del presente Convenio se constituirá una Comisión Técnica de seguimiento del mismo, que tendrá carácter paritario y estará compuesta por el Director general de la Policía o persona en quien delegue y por el Jefe del Servicio de Helicópteros por parte del Ministerio de Interior, y por el Director general de Protección Ciudadana y el Jefe del Cuerpo de Bomberos por parte de la Comunidad de Madrid.
El presente Convenio tendrá vigencia desde su firma, y se extenderá hasta la finalización del curso (1998-2000).
Para la resolución de cuantas cuestiones litigiosas surjan en la aplicación del presente Convenio, y no puedan ser resueltas por la Comisión Técnica de seguimiento, serán competentes los órganos jurisdiccionales de orden contencioso-administrativo con sede en Madrid.
Y, en prueba de conformidad, cada parte firma el original por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.‒El Ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja.‒El Presidente de la Comunidad de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón.
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