Una de las funciones de la escuela es dotar a los estudiantes de
conocimientos amplios, bien asimilados y sólidos, y preparar sus inteligencias
para el aprendizaje permanente que les exigirá su futuro desenvolvimiento
profesional y personal. Por eso, mejorar la enseñanza y la prácatica docente,
innovando sus aspectos más relevantes, es uno de los objetivos de las
Administraciones educativas.
La calidad de la educación depende en gran medida de la capacidad
de los profesores y del sistema educativo para renovarse de acuerdo con
las nuevas demandas sociales, con las circunstancias siempre cambiantes
del alumnado, con los nuevos conocimientos científicos y didácticos y
los correspondientes métodos e instrumentos que estos conocimientos
permiten. La innovación educativa constituye así un elemento interno de
calidad de la educación.
Una vez iniciado el proceso de implantación de las nuevas enseñanzas
en la Educación Infantil, Primaria y Secundaria parece, por lo tanto,
oportuno prestar particular apoyo a aquellas actividades educativas que
desarrollen los currículos mediante experiencias innovadoras, tendentes
a mejorar la práctica docente. Por esta razón, en la presente convocatoria,
se concede especial importancia a los trabajos relacionados con dichos
currículos y con los materiales para su desarrollo, entendiendo por
currículo, tanto las áreas o materias de las distintas etapas, como los temás
denominados transversales que forman parte de las mismas, los valores
y las actitudes que deben propiciarse en el aula.
Por otra parte, una enseñanza de calidad no debe desligarse en ningún
caso de una efectiva igualdad de oportunidades. En último término, la
preocupación por la calidad ha de tener como objetivo "una educación
de calidad para todos". Por ello, resulta aconsejable potenciar aquellas
experiencias innovadoras dirigidas a atender a la diversidad del alumnado,
dando prioridad a las que se llevan a cabo en aquellos centros con alumnos
que se encuentran en una situación de desventaja debido a características
de índole personal, o bien de carácter social. En este sentido, serán objeto
de atención preferente, en la presente convocatoria, los trabajos de
innovación realizados en centros que escolarizan a alumnos con necesidades
educativas especiales, o que pertenecen a minorías étnicas o culturales
en desventaja social, así como los correspondientes a centros situados
en zonas rurales o zonas con un entorno social deprimido.
Por todas estas razones, el Ministerio de Educación y Cultura,
consciente de la importancia que tiene para el sistema educativo incentivar
la práctica docente, motivando al profesorado e impulsando su implicación
en la innovación educativa, ha decidido convocar Premios Nacionales,
dirigidos a los docentes de todo el territorio nacional y utilizando para ello
sus propios recursos de funcionamiento, dado que en la estructura
presupuestaria no existe partida susceptible de territorialización o
transferencia a las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia
educativa.
Dicha convocatoria, que, en un marco de respeto al orden constitucional
de distribución de competencias, no pretende incidir en la organización
educativa, será gestionada directamente por el CIDE. Con ello se pretende
asegurar la plena efectividad de la medida de fomento, garantizar las
mismas posibilidades de obtención y disfrute por la cuantía global de los
fondos destinados a esta actividad. Por ello, a la presente Orden le es
de aplicación la normativa contenida en los artículos 81 y siguientes del
texto refundido de la Ley General Presupuestaria, así como el Real Decreto
2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento para
la concesión de subvenciones.
Por todo lo cual, este Ministerio de Educación y Cultura ha resuelto
convocar Premios Nacionales a la Innovación para el año 1998 de acuerdo
a las siguientes bases:
Primera.-Los Premios contarán con una dotación máxima de 5.000.000
de pesetas, que serán abonadas con cargo a la aplicación presupuestaria
18.09.542G.227.06 y con arreglo a la siguiente distribución:
Un primer premio de 2.000.000 de pesetas.
Un segundo premio de 1.000.000 de pesetas.
Cuatro terceros premios de 500.000 pesetas.
Así como un máximo de diez menciones honoríficas, sin dotación
económica, si la calidad de los trabajos presentados y no premiados lo permite,
a juicio del jurado.
Segunda.-Podrán participar en la presente convocatoria los profesores
o equipos de profesores de centros españoles públicos, concertados y
privados de todo el territorio nacional y los centros españoles en el exterior,
que se encuentran en activo en el momento de realización del trabajo
y que impartan alguna de las enseñanzas reguladas en la Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Tercera.-Para optar a estos Premios, los participantes deberán
presentar un trabajo de innovación que, teniendo una aplicación práctica
en el aula, contribuya a la mejora de la calidad educativa.
Serán objeto de atención preferente los trabajos de innovación
educativa que versen sobre los siguientes temas:
La innovación, experimentación y desarrollo curricular de las
enseñanzas de Educación Primaria y Secundaria, buscando una formación más
rica, dentro de la cual serán objetivos preferentes la mejora de la enseñanza
de las materias instrumentales: La Lengua y las Matemáticas.
La educación en valores, especialmente la educación para la salud,
la educación para la paz y la educación vial.
La educación dirigida a alumnos con necesidades educativas especiales.
La educación dirigida a alumnos que pertenecen a minorías étnicas
o culturales en desventaja social.
La educación dirigida a alumnos de zonas rurales o de un entorno
social deprimido.
La organización eficaz de la orientación escolar en la educación infantil,
primaria y secundaria.
Cuarta.-Los trabajos deberán ser originales e inéditos. No podrán
participar aquellos trabajos que hubieran sido premiados en cualquier
convocatoria pública o privada anterior a la publicación de la presente
convocatoria.
Los trabajos se presentarán por triplicado en el registro del Ministerio
de Educación y Cultura, calle Los Madrazos, números 15 y 17, o en los
registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. En el caso de que optaran por enviar su solicitud por
correo, lo harán directamente en una oficina de Correos, en sobre abierto,
para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de
ser certificada.
Si los trabajos estuvieran redactados en la lengua propia de su
Comunidad Autónoma, por tener ésta cooficialidad de lenguas, se deberá
acompañar una traducción al castellano avalada con la conformidad de la
Administración educativa competente.
Quinta.-A los trabajos se adjuntarán los siguientes documentos:
a) Instancia dirigida a la Ministra de Educación y Cultura, firmada
por el autor o coordinador, en su caso, responsable del grupo de trabajo,
según figura en el anexo de esta Orden.
b) Certificación del Director del centro, acreditativa de que los
concursantes prestan sus servicios como personal docente en dicho centro,
o han estado destinados en el mismo con este carácter durante la
realización de la experiencia. En el supuesto de que uno de los autores del
trabajo sea el Director del centro, la certificación habrá de ser expedida
por la autoridad administrativa de la que dependa.
c) Memoria descriptiva, con un máximo de diez folios, donde se
reflejen los siguientes datos: Persona o personas participantes, fecha de
comienzo, fecha de finalización, grupo receptor, actividades, metodología,
antecedentes, objetivos, descripción, impacto, evaluación y bibliografía.
d) En toda portada, página inicial o cubierta del material presentado
debe figurar, al menos, el título del trabajo de innovación y la indicación
"Premios Nacionales 1998 a la innovación educativa".
e) En el supuesto de que existieran anexos, éstos se presentarán en
el mismo formato del trabajo. Para los anexos sólo se exige la presentación
de un ejemplar.
f) Certificación actualizada de estar al corriente de las obligaciones
tributarias y, en su caso, con la Seguridad Social, expedida por la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social.
Sexta.-Si la documentación aportada no reuniera los requisitos
exigidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que, en el plazo
de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos.
Si en este plazo no se produjese la rectificación, se le tendrá por desistido
de su petición, archivándose la solicitud sin más trámite, con los efectos
previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Séptima.-El plazo de presentación de los trabajos será de sesenta días
naturales a contar desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" de la presente Orden.
Octava.-Los trabajos presentados que se ajusten a la normativa vigente
serán examinados y evaluados por un Jurado de selección constituido
por:
Presidenta: La Ministra de Educación y Cultura, o persona en quien
delegue.
Vicepresidente: El Director del Centro de Investigación y
Documentación Educativa (CIDE), o persona en quien delegue.
Vocales:
Un representante de la Dirección General de Coordinación y de la
Alta Inspección.
Un representante de la Dirección General de Centros Educativos.
Un representante de la Dirección General de Formación Profesional
y Promoción Educativa.
Un representante de la Subdirección General de Formación del
Profesorado.
Un representante del Programa de Nuevas Tecnologías de la
Información y la Comunicación.
Tres funcionarios del CIDE uno de los cuales actuará de Secretario,
con voz pero sin voto.
El Jurado podrá solicitar la colaboración de personas de reconocido
prestigio o destacados por su labor en los temas objeto de la presente
convocatoria.
Novena.-La presentación de los trabajos supone la aceptación de las
bases de la presente convocatoria.
Décima.-Los premios podrán ser declarados desiertos. Las decisiones
del Jurado de selección serán inapelables.
Undécima.-Los premios estarán sujetos a retención fiscal de acuerdo
con lo establecido en el artículo 52 del Real Decreto 1841/1991, de 30
de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas, y se abonarán al autor o autores de
los trabajos premiados en el porcentaje de participación que se señale
en la solicitud.
Duodécima.-Una vez propuesta la concesión de los premios por el
Jurado de selección establecido al efecto y realizado el trámite de audiencia,
el Centro de Investigación y Documentación Educativa, como órgano
instructor, elevará propuesta para la concesión de los premios a la Ministra
de Educación y Cultura, quien resolverá la convocatoria por Orden que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" en el plazo de seis meses
contados a partir de la fecha de finalización del plazo de solicitud.
Decimotercera.-Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado", ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 y demás
preceptos concordantes con la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, según previene el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Decimocuarta.-El Ministerio de Educación y Cultura se reserva el
derecho a la reproducción, publicación y difusión de los trabajos de innovación
premiados, así como a guardar un ejemplar de los mismos para su depósito
en la Biblioteca del Departamento. Respecto a los trabajos que sean
publicados se entenderá que los autores renuncian a los derechos de autor
de la primera edición. Para sucesivas ediciones se convendrán con los
respectivos autores las condiciones oportunas.
Décimoquinta.-Los trabajos no premiados deberán ser recogidos
por los interesados o por persona debidamente autorizada en la sede
del CIDE, calle General Oraá, número 55, de Madrid, durante los treinta
días naturales siguientes a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la Resolución de la convocatoria. Pasado ese plazo se procederá a su
destrucción.
Los participantes que resulten premiados quedarán obligados a
presentar copia del trabajo de innovación en soporte informático (cualquier
versión de los procesadores "Word" o "Word Perfect"), siempre que la
naturaleza del trabajo lo permita.
Madrid, 10 de noviembre de 1998.
AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
Ilmo. Sr. Director del Centro de Investigación y Documentación Educativa.
ANEXO
Instancia
P REMIOS N ACIONALES A LA I NNOVACIÓN E DUCATIVA 1998
1. Datos del centro
1.1 Denominación:
Público.
Concertado.
Privado.
1.2 Dirección........................................................................
1.3 Localidad.......................................................................
1.4 Código Postal..................................................................
1.5 Provincia........................................................................
1.6 Teléfono.........................................................................
2. Datos de los autores
2.1 Autor o coordinador..........................................................
2.2 Número de Registro de Personal...........................................
2.3 Número de identificación fiscal............................................
2.4 Especialidad....................................................................
2.5
Profesores
participantes NRP Especialidad
Porcentaje
de participación
3. Datos de la experiencia
3.1 Título.............................................................................
3.2 Área(s) de innovación........................................................
3.3 Etapa educativa, ciclo y curso(s)..........................................
3.4 Formatos en que se presenta el material:
Libro:
Vídeo:
Diapositivas:
Material informático:
Otros (especificar):
3.5 Duración de la experiencia.................................................
Don/doña:
Autor/a o coordinador/a del trabajo de innovación educativa.
Remito la presente instancia junto con los ejemplares del trabajo,
anexos y certificación del Director del centro, al objeto de participar en
la convocatoria de Premios de Innovación Educativa 1998.
(Lugar, fecha, firma y sello.)
Sra. Ministra de Educación y Cultura.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid