Visto el expediente de indulto de don Ramón Martínez García, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Tercera
de la Audiencia Provincial de Alicante que, en sentencia de fecha 6 de
mayo de 1997, le condenó, como autor de un delito de falsificación
documental, a la pena de tres años de prisión, multa de seis meses, con una
cuota diaria de 200 pesetas, e inhabilitación especial para empleo o cargo
público durante tres años, y delito de apropiación indebida a la pena
de dos meses de arresto mayor e inhabilitación especial para empleo o
cargo público durante el mismo tiempo, por hechos cometidos en el
año 1995; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 1998,
Vengo en conmutar a don Ramón Martínez García la pena privativa
de libertad impuesta por el delito de falsificación por otra de un año
y seis meses de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos
contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 13 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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