Visto el expediente de indulto de don José Pérez Valverde, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en
virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en
el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Tercera
de la Audiencia Provincial de Barcelona que, en sentencia de fecha 5
de febrero de 1997, le condenó, como autor de un delito contra la salud
pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 45.000 pesetas,
con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de
sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996;
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 1998,
Vengo en conmutar a don José Pérez Valverde la pena privativa de
libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 13 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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