Visto el expediente de indulto de don Esteban Ruiz Chacón, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en
virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en
el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Cuarta
de la Audiencia Provincial de Madrid que, en sentencia de fecha 26 de
febrero de 1997, le condenó, como autor de un delito contra la salud
pública, a la pena de seis años y un día de prisión mayor y multa de
1.500.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público
y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1985; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre
de 1998,
Vengo en conmutar a don Esteban Ruiz Chacón la pena privativa de
libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 13 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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