En el recurso contencioso-administrativo número 479/1995, referente
al expediente de marca número 1.606.859/9, interpuesto ante el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid por Chipie Design, contra Resoluciones
de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 5 de enero y 24 de
noviembre de 1994, se ha dictado, con fecha 3 de abril de 1998, por el citado
Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimamos el presente recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Chipie Design, representada por el
Procurador de los Tribunales don Rafael Rodríguez Montaut, asistido de
Letrado, contra las Resoluciones administrativas a que estas actuaciones
se contraen, declarando que son conformes al ordenamiento jurídico, por
lo que las confirmamos expresamente; sin expresa imposición de las costas
procesales a ninguna de las partes."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y que se publique
el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.-El Director general.-P. S., el Secretario
general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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