En el recurso contencioso-administrativo número 479/1995, referente al expediente de marca número 1.606.859/9, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Chipie Design, contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 5 de enero y 24 de noviembre de 1994, se ha dictado, con fecha 3 de abril de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Chipie Design, representada por el Procurador de los Tribunales don Rafael Rodríguez Montaut, asistido de Letrado, contra las Resoluciones administrativas a que estas actuaciones se contraen, declarando que son conformes al ordenamiento jurídico, por lo que las confirmamos expresamente; sin expresa imposición de las costas procesales a ninguna de las partes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y que se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.‒El Director general.‒P. S., el Secretario general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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