En el recurso contencioso-administrativo número 1.061/1997,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Lancôme
Patentes y Marcas, de 5 de julio de 1996 y 20 de marzo de 1997, se ha dictado,
con fecha 6 de mayo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, contra
la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es
como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
interpuesto por la representación de la entidad Lancôme Parfums et
Marcas, de 5 de julio de 1996 y 20 de marzo de 1997, de concesión y
desestimación de recurso sobre la marca número 1.963.813 ªMagic Lipsº;
sin hacer imposición de costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y que se publique
el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.-El Director general.-P. S., el Secretario
general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid