En el recurso contencioso-administrativo número 1.502/1996,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Dispap,
Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes
y Marcas de 5 de diciembre de 1995 y 12 de abril de 1996, se ha dictado,
con fecha 9 de julio de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, contra
la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es
como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por ªDispap, Sociedad Anónimaº,
contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, titular de
la marca 1.016.594, clase 16, que concedió a ªDispanor, Sociedad Limitadaº
la marca 1.913.091, clase 39, por ser acto ajustado a Derecho, que
confirmamos al estimar la compatibilidad de las marcas ªDispanorº solicitante
y ªDispap, Sociedad Anónimaº oponente y sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y que se publique
el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.-El Director general.-P. S., el Secretario
general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid