En el recurso contencioso-administrativo número 284/1996, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Compac, Sociedad
Anónima", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas,
de 24 de noviembre de 1995, se ha dictado, con fecha 5 de marzo de
1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte
dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la Procuradora señora Sorribes Calle, actuando en nombre
y representación de la entidad ªCompac, Sociedad Anónimaº, contra la
Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 24 de noviembre
de 1995, por la que, en vía de recurso, se concedió el registro de la marca
número 1.797.725 ªCompaqº, debemos declarar y declaramos que dicha
Resolución es ajustada a Derecho; todo ello sin hacer expresa imposición
de costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.-El Director general, P. S., el Secretario
general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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