En el recurso contencioso-administrativo número 284/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Compac, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 24 de noviembre de 1995, se ha dictado, con fecha 5 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Sorribes Calle, actuando en nombre y representación de la entidad «Compac, Sociedad Anónima», contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 24 de noviembre de 1995, por la que, en vía de recurso, se concedió el registro de la marca número 1.797.725 «Compaq», debemos declarar y declaramos que dicha Resolución es ajustada a Derecho; todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.‒El Director general, P. S., el Secretario general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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