En el recurso contencioso-administrativo número 57/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «ITM Entreprises, Société Anonyme», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 1 de febrero y 31 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 21 de enero de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 57-96, interpuesto por el Procurador don Carmelo Olmos Gómez, en nombre y representación de ‘‘ITM Entreprises, Société Anonyme’’, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y marcas de 31 de julio de 1995 (que desestimó el recurso ordinario planteado contra la resolución anterior de 1 de febrero de 1995, publicada en el ‘‘Boletín Oficial de la Propiedad Industrial’’ de 16 de mayo de 1995, que no concedió la marca internacional número 603.635, SAINT ELOI, para productos de la clase 29). Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.‒El Director general, P. S., el Secretario general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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