En el recurso contencioso-administrativo número 1.872/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por Col.legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya contra, Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 3 de marzo y 26 de septiembre de 1995, se ha dictado, con fecha 17 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Col.legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya, contra acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 3 de marzo de 1995, por el que se denegó al Col.legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya la marca 1.681.852 “L´Auditor”, y contra resolución de 26 de septiembre de 1995 desestimatoria del recurso ordinario formulado contra aquel acuerdo.
Sin formular especial pronunciamiento sobre costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1998.‒El Director general, P. S., el Secretario general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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