Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial
del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad
de Cataluña la solicitud presentada por "Axter Ibérica Sistemas Técnicos,
Sociedad Limitada", con domicilio social en calle Banys, 8 y 10, municipio
de La Garriga, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad
con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por
"Axter, Sociedad Anónima", en su instalación industrial ubicada en
Saint-Maur des Fossés (Francia): Lámina asfáltica LBM-30-FP;
Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida
por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de
conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio
LGAI, mediante dictamen técnico con clave 97017902 y la entidad de
Inspección y Control "Bureau Veritas", por certificado con clave
11/990/97/0119, ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple
todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden de 12
de marzo de 1986 del Ministerio de Industria y Energía, por la que se
declara obligatoria la homologación de los productos bituminosos para
la impermeabilización de cubiertas en la edificación, y el Real Decreto
2200/1995, de 28 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de febrero
de 1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo ("Boletín
Oficial del Estado" de 26 de abril);
De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones y con
la Orden del Departamento de Industria y Energía de 5 de marzo de 1986,
de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación
de prototipos, tipos y modelos, modificada por la Orden de 30 de mayo
de 1986,
He resuelto:
Certificar el tipo del citado producto, con la contraseña de certificación
DBI-8037 y disponer como fecha límite el día 20 de julio de 1999, para
que el titular de esta Resolución presente declaración en la que haga constar
que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de
calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones
que en el momento de la certificación.
Definir, por último, como características técnicas para cada marca/s
y modelo/s certificado/s las que se indican a continuación:
Características comunes a todas las marcas y modelos:
Primera: Base.
Segunda: Armadura.
Tercera: Terminación.
Valor de las características para cada marca y modelo:
Marca y modelo: Lámina asfáltica LBM-30-FP, marca comercial "Hyrene
TS 30 Supra".
Características:
Primera: Betún elastómero SBS.
Segunda: Fieltro de poliéster no tejido.
Tercera: Cara superior e inferior: Plástico.
Esta certificación, de conformidad con los requisitos reglamentarios,
se afectúa en relación con las disposiciones que se citan y, por tanto,
el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que
le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el
encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue
o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en
las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión
cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en
su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran
derivarse.
Esta Resolución de certificación solamente puede ser reproducida en
su totalidad.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se
puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria,
Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción
de esta Resolución, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que
se considere oportuno.
Barcelona, 20 de julio de 1998.-El Director general, Albert Sabala
Duran.
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