Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos,
se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 5 de octubre
de 1998 por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso
contencioso-administrativo número 2.377/1995, promovido por don Pedro
Romero Hernández, contra resolución expresa desestimatoria del recurso
ordinario formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento
es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que estimando parcialente el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales señora Vioque
Izquierdo, en nombre y representación de don Pedro Romero Hernández,
contra la Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de
la Salud, de fecha 27 de octubre de 1995, anulamos la sanción impuesta
de suspensión de empleo y sueldo de tres meses, imponiendo al recurrente
la sanción de suspensión de empleo y sueldo de quince días, por la comisión
en concepto de autor y responsable de una falta grave, tipificada y definida
en el articulo 66.3.f) del Estatuto Jurídico del Personal Médico de la
Seguridad Social, confirmando el resto de extremos de la resolución impugnada.
Sin hacer especial pronunciamiento respecto a las costas procesales
causadas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103
de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo
Contencioso-Administrativo.
Madrid, 17 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 1 de julio de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario, Enrique Castellón
Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid