En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 493/1998,
de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 28), por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para 1998 y con el fin
de atender las necesidades de personal del Ministerio de Economía
y Hacienda, en uso de las competencias que le están atribuidas
en el artículo 1, a), del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto
("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública,
Este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para
ingreso en el Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda
Pública, código 0617, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas
por el sistema general de acceso libre.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto
493/1998, de 27 de marzo, y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición
y otra fase consistente en un curso selectivo con las valoraciones,
pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición no se iniciará
antes del 1 de enero de 1999. La duración máxima de esta fase
será de siete meses, contados a partir de la realización del primer
ejercicio de la presente convocatoria.
1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante. Estos funcionarios en
prácticas deberán superar el curso selectivo a que se refiere la
base 1.3.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo
con el procedimiento de calificación previsto en el anexo I de
la convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la
autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la
evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por
causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por
la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente
posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados superior al número establecido será nula
de pleno derecho.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el titulo
de Arquitecto Técnico o Aparejador.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
funciones propias del Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio
de la Hacienda Pública.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.2 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de
funcionarios de organismos internacionales, habrán de ajustarse a los
requisitos y condiciones que, para su acceso en los Cuerpos y
Escalas de la Administración del Estado, establece el Real Decreto
182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de
nacionalidad española de organismo internacionales a los Cuerpos
y Escalas de la Administración General del Estado.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la
Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,
y en la Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos
de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía y
Hacienda.
Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del
documento nacional de identidad.
Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que
se detallan a continuación:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
Ministerio de Economía y Hacienda.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor consigne el código
15001.
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,
consigne el código 15020.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria señale 98.
15. Cuerpo, Escala o Grupo Profesional. Consigne el Cuerpo
de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública y el
código 0617.
17. Forma de acceso: Consigne la letra "L"
18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante. Consigne
Ministerio de Economía y Hacienda.
19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la convocatoria.
21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado de minusvalía
según el dictamen del órgano competente.
25. Consigne en el apartado A) la titulación poseída.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General del Ministerio de Economía y Hacienda, calle Alcalá, números
5 a 11, o paseo de la Castellana, 162, de Madrid, o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al
Subsecretario de Economía y Hacienda.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se
ingresarán en efectivo en cualquier Banco, Caja de Ahorros o
Cooperativa de Crédito, de las que actúan como entidades
colaboradoras en la recaudación tributaria.
Los residentes en el extranjero ingresarán los derechos de
examen en la cuenta corriente número 0104-08028-28-0302345038
del Banco Exterior.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen,
las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,
debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo de
tal condición.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las entidades
mencionadas supondrá sustitución de trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Subsecretario de Economía y Hacienda dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos
y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el
"Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas
de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y
la fecha de comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ser
expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del Ministerio
de Economía y Hacienda, en la Dirección General del Catastro
en Madrid, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, así como en la Dirección General de la Función Pública
y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas. En las listas deberán constar en todo
caso los apellidos, nombre y número del Documento Nacional
de Identidad, así como la causa de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión.
Contra la Resolución definitiva podrá interponerse, previa
comunicación al órgano que la dicta, recurso
contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
ante el órgano competente del Orden Jurisdiccional Contencioso
Administrativo.
4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto
de exclusión, por no cumplir los requisitos o no aportar los
documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución
de los derechos de examen.
En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la
tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos
indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de
septiembre, corresponderá al Departamento ministerial u
Organismo público convocante proceder al reconocimiento de dicho
derecho y llevar a cabo la posterior tramitación para su abono.
A estos efectos se aplicará el procedimiento descrito en el apartado
15 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de
junio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 5). La iniciación
de un expediente de devolución podrá realizarse bien de oficio
por la Administración o a instancia del interesado mediante
solicitud dirigida al Departamento ministerial u organismo público
convocante, según los casos.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Subsecretario de Economía y Hacienda,
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si se
hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
la Orden por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal
que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Para la válida constitución del órgano, a efectos de la
celebración de sus sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos
y para actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del
Presidente y Secretario, o, en su caso, de quienes les sustituyan,
y la de la mitad al menos de sus miembros. Celebrará su sesión
de constitución, previa convocatoria del Presidente, en el plazo
máximo de treinta días, a partir de su designación, y mínimo de
diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.6 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3. las adaptaciones
posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica del
Ministerio de Economía y Hacienda, Subdirección General de Gestión
de Recursos Humanos, paseo de la Castellana, 162, planta 16,
de Madrid, teléfonos 91 583 54 66 y 91 583 54 67.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.8 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuaciones de los opositores se iniciará
alfabéticamente por aquéllos cuyo primer apellido comience por la
letra "Ñ", de conformidad con lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 15 de
abril de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 18), por la que
se publica el resultado del sorteo celebrado el día 3 de abril de
1998.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "O", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.7 y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo
ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas al menos, de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Subsecretario de Economía y Hacienda, comunicándole
asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los
efectos procedentes.
Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante
podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte,
recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común en el plazo de dos
meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del
Orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo.
7. Lista de aprobados
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en
el lugar o lugares de celebraciones del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.7 y en aquellos
otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes
aprobados, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de
su documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Subsecretario de Economía y Hacienda,
especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de
los ejercicios. Dicha lista se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado".
8. Presentación de documentos y nombramientos de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día siguiente a aquel en que se haga pública la lista definitiva
de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar en la Secretaría General Técnica
del Ministerio de Economía y Hacienda, Subdirección General de
Gestión de Recursos Humanos, Paseo de la Castellana, 162, planta
16, de Madrid, los siguientes documentos:
A) Fotocopia del documento nacional de identidad.
B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para
acreditar tal condición, con expresión del número e importe de
trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"
de 6 de marzo). Igualmente deberán hacerlo así quienes tengan
la condición de personal laboral o funcionario interino.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza
mayor no presentaren la documentación o del examen de la misma
de dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Por Orden ministerial de la autoridad convocante, se
procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que
se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho
nombramiento.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa
oferta de los mismos.
8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas
convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de
Economía y Hacienda, funcionarios de carrera mediante
Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública, que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá
efectuarse en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
a la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial
del Estado".
8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de la Administración Pública, y
en colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios
competentes, en cada caso, velará por la formación de los
aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecida por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 24 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 6 de
octubre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 22), el Subsecretario,
Fernando Díez Moreno.
Ilmos. Sres. Subsecretario de Economía y Hacienda, Secretario
general Técnico y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
I. Proceso de selección
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
A) Oposición
B) Curso selectivo.
A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de tres
ejercicios, todos ellos eliminatorios.
El primer ejercicio será, por escrito, durante un máximo de
cuatro horas, extrayéndose para todos los opositores tres temas
al azar, uno de cada uno de los grupos siguientes:
I. Gestión del Catastro Inmobiliario Urbano (15 temas)
II. Valoración Urbana, Derecho Urbanístico, Economía y
Organización de Actividades del Sector de la Construcción (20
temas).
III. Derecho Constitucional y Derecho Administrativo (15
temas).
El segundo ejercicio será de carácter práctico y consistirá en
desarrollar por escrito durante un máximo de seis horas la
resolución de los siguientes supuestos:
a) Determinación y comprobación, en su caso, de los datos
físicos correspondientes para poder determinar el valor catastral
de un inmueble, así como el resultado de una actuación inspectora
de naturaleza catastral en el Impuesto de Bienes Inmuebles, con
arreglo a los datos que suministre el Tribunal, formulando la
propuesta de resolución que resulte procedente con la liquidación
tributaria correspondiente y exponiendo la fundamentación legal
y el análisis del trámite administrativo que proceda.
b) Resolver, a la vista de la legislación sobre contratos de
las Administraciones Públicas las cuestiones que se propongan
sobre aspectos prácticos relacionados con el contrato de obras.
Este ejercicio podrá realizarse en una o varias sesiones, que
en cualquier caso, constituirán una unidad de acto, no
computándose el tiempo invertido en los desplazamientos, si los hubiera,
en el tiempo máximo previsto de duración del ejercicio.
Los opositores podrán disponer de la documentación
complementaria que estimen oportuna, por su parte, para la realización
de los ejercicios prácticos, y aportada por ellos mismos.
El tercer ejercicio será de naturaleza oral, extrayéndose al azar,
por cada opositor, dos temas, uno de cada uno de los dos grupos
siguientes:
IV. Derecho Civil (14 temas).
V. Hacienda Pública y Derecho Tributario (19 temas)
El opositor, utilizando únicamente el programa de la oposición
dispondrá de un máximo de diez minutos para preparar un guión
de dichos temas, pasando a continuación, una vez consumidos
o no los diez minutos, a desarrollarlos oralmente durante un tiempo
máximo de veinte minutos.
Los ejercicios primero y segundo se leerán públicamente,
siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten a la lectura.
B) Curso Selectivo.-Finalizada la fase de oposición, los
aspirantes aprobados en la misma habrán de superar con
aprovechamiento un curso selectivo de una duración máxima de tres meses,
curso que será organizado por el Instituto de Estudios Fiscales
y que podrá simultanearse, en su caso, con la realización de
prácticas en unidades administrativas.
Dicho curso se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde
que finalice el previsto en la base 8.1 de esta convocatoria.
II. Valoración
Fase de oposición:
Los ejercicios se calificarán por el sistema de puntos.
Cada ejercicio se calificará con una puntuación máxima de
20 puntos, necesitándose un mínimo de 10 puntos en cada uno
de ellos para pasar al siguiente, o en su caso para superarlo.
La puntuación de cada ejercicio estará constituida por la media
aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal, eliminando la nota más alta y la más baja.
El Tribunal expondrá al público la relación de aprobados en
cada ejercicio, especificando la puntuación total o calificación que
hubieren obtenido. Los que no figuren en la relación se
considerarán excluidos y sin ningún derecho a seguir tomando parte
en la oposición.
La calificación final de esta fase vendrá determinada por la
suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición.
Curso selectivo:
Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por
el total de los trabajos, necesitándose para aprobar el obtener
15 puntos como mínimo.
Dicha puntuación se acumulará a la obtenida en la fase anterior
y determinará el orden final de los aspirantes, a todos los efectos.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación alcanzada en el curso selectivo, y en caso de persistir
el empate, a la correspondiente al primero, segundo y tercer
ejercicio de la fase de oposición.
ANEXO II
I. Gestión del catastro inmobiliario urbano
Tema 1. El Catastro. Concepto. Orígenes y diversos modelos
existentes. Evolución histórica del Catastro en España.
Tema 2. Situación actual de la institución catastral. Objetivos
y fines. El proceso de coordinación del Catastro con otros sistemas
registrales de carácter público. Especial referencia al Registro de
la Propiedad.
Tema 3. El Catastro inmobiliario urbano. Legislación básica.
El valor catastral de los bienes urbanos. Normas técnicas.
Tema 4. La coordinación de valores. Áreas económicas
homogéneas. Módulos básicos. las Juntas Técnicas Territoriales de
Coordinación Inmobiliaria Urbana. La Comisión Superior de
Coordinación Inmobiliaria Urbana. Procedimiento de coordinación.
Tema 5. Los estudios de mercado inmobiliario y las ponencias
de valores. Delimitación del suelo de naturaleza urbana. Polígonos
de valoración, coordinación, aprobación y modificación.
Procedimientos.
Tema 6. Valoración catastral. Valoración del suelo. Criterios.
Valores de repercusión y unitarios. Coeficientes correctores de
aplicación.
Tema 7. Valoración de las construcciones en el procedimiento
de valoración catastral. Criterios. Tipologías edificatorias.
Coeficientes correctores a aplicar. Coeficientes correctores de la suma
del valor del suelo y de la construcción. El valor catastral.
Tema 8. La formación y revisión de los catastros. Contenido
y procedimientos. Documentación catastral. La referencia
catastral. El padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La
notificación de valores.
Tema 9. Las modificaciones de valor. Procedimientos. La
conservación y mantenimiento del Catastro. Referencia al
planeamiento urbanístico.
Tema 10. La gestión catastral y la gestión tributaria en el
impuesto sobre bienes inmuebles. Colaboración
interadministrativa. Competencias.
Tema 11. Procedimiento de gestión catastral. Alteraciones
de orden físico, jurídico y económico. Contenido y efectos.
Recursos y reclamaciones contra los actos de gestión catastral.
Tema 12. Ordenación de la cartografía oficial. Sistemas
cartográficos. Técnicas actuales. Especial referencia a la
ortofotografía. Cartografía catastral. Cartografía informatizada.
Tema 13. Concepto de informática. El sistema de información
y su estructura. Componentes y funcionamiento de un sistema
de información, aspectos físicos y lógicos: Tipos. Bases de datos:
Tipos. Sistemas operativos.
Tema 14. Base de datos catastral. Informatización de los
Catastros rústico y urbano. El sistema de información catastral.
Coordinación con otras administraciones.
Tema 15. El sistema de información geográfica. Concepto y
clases. El sistema de información geográfica y catastral:
Características y usos.
II. Valoración urbana, derecho urbanístico, economía
y organización de actividades del sector de la Construcción
Tema 1. Teoría del valor. El precio. Relación entre valor y
precio. Criterios de valoración de inmuebles. Métodos de
valoración según su finalidad. Sistemas de valoración. Valor en venta.
Valoración por mercado. Valor por comparación. Valor de
reposición. La depreciación: Sus causas. Estudios del mercado
inmobiliario: Aplicaciones.
Tema 2. Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento
y gastos. Valoración por rendimientos. Capitalización. Influencia
de la legislación sobre arrendamientos urbanos y otras limitaciones
administrativas de la rentabilidad.
Tema 3. Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. La
parcela tipo y los coeficientes correctores. Método residual de
valoración del suelo. Valor de repercusión y valor unitario.
Correcciones del valor.
Tema 4. Valor de las construcciones. Valoración analítica y
valoración sintética. Procedimiento de medición. Valor unitario.
Valor intrínseco o de coste y valor de reposición. Depreciaciones.
Tema 5. Aplicación de los criterios valorativos de la Ley sobre
Régimen del Suelo y Valoraciones. Valoraciones urbanísticas y
expropiatorias. Valores del suelo. Valoración de obras,
edificaciones, instalaciones, plantaciones y arrendamientos: Normativa
aplicable. Valoración de las concesiones administrativas y de los
derechos reales sobre inmuebles. Expropiaciones. Justiprecio.
Supuestos indemnizatorios.
Tema 6. Normas de valoración de inmuebles para cobertura
de provisiones técnicas en el sector asegurador (Orden ministerial
de 30 de noviembre de 1994). Criterios de valoración. Principios.
Métodos de valoración. Aptitud de los inmuebles. La doble vía
para la valoración. Comprobación de las valoraciones. Revisiones
posteriores.
Tema 7. El Derecho urbanístico. Evolución histórica de la
legislación urbanística en España. Sentencia del Tribunal
Constitucional de 20 de marzo de 1997. Legislación urbanística actual
de carácter estatal y breve reseña de la legislación autonómica
en vigor.
Tema 8. Contenido básico del derecho de propiedad del suelo:
Disposiciones generales. Régimen urbanístico de la propiedad del
suelo: Clasificación del suelo. Derechos y deberes de los
propietarios. Declaración de obra nueva.
Tema 9. El planeamiento urbanístico. Clases de planes.
Elaboración de los planes, su aprobación y efectos. Ejecución del
planeamiento. Sistemas de actuación.
Tema 10. Intervención de la edificación y usos del suelo.
Licencias. Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación.
Usos y obras provisionales. Estado ruinoso de las construcciones.
Disciplina urbanística. Infracciones urbanísticas.
Tema 11. La ciencia económica: Concepto, objeto y
contenido. Divisiones de la misma. Macroeconomía y microeconomía.
El método de la ciencia económica. La evolución del pensamiento
económico. Los sistemas económicos: Concepto.
Tema 12. Teoría de la demanda. Elasticidad e inelasticidad.
Su efecto sobre los precios. La oferta y su elasticidad. El mercado.
Su equilibrio y desequilibrio. Desplazamiento de las curvas de
oferta y demanda. La formación de los precios. Efectos sobre la
distribución de bienes y la asignación de recursos.
Tema 13. El mercado de competencia y concurrencia
perfectas. Mercados imperfectos. Monopolios y oligopolios de oferta
y de demanda. Sus efectos. Mercados intervenidos. El
proteccionismo.
Tema 14. La empresa como realidad económica. Clases de
empresas y características. Concentración de empresas.
Agrupación temporal de empresas. Empresas multinacionales.
Tema 15. Los Organismos económicos internacionales.
Organización, ámbito y competencias. El Banco Mundial. El Fondo
Monetario Internacional, OCDE y OMC. La balanza exterior.
Tema 16. El dinero, la renta y el gasto. Los sistemas
monetarios: Patrones automáticos y patrones dirigidos. Relación entre
el valor del dinero y el nivel de precios. El sistema monetario
español. La inflación: Control y medidas correctoras. Política
monetaria: Unión Monetaria Europea.
Tema 17. Empresas constructoras y empresas inmobiliarias,
esquemas de organización y del funcionamiento. Su financiación.
La calidad en la industria de la construcción y su control.
Tema 18. Organización de una obra. Técnicas de
programación matemática. Diagrama de Gantt. Sistemas Pert tiempos y
probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistemas
Pert-costes.
Tema 19. Plan de una obra. Determinación de las necesidades
de mano de obra, de materiales y de maquinaria y medios
auxiliares. Técnicas de amortización y de valoración de costes de uso
y mantenimiento. Ejecución de una obra. Funciones de dirección
y control.
Tema 20. Prevención de riesgos laborales. Disposiciones
mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
Estudios de seguridad y salud. Plan de seguridad y salud en el trabajo.
Coordinadores en materia de seguridad y salud. Obligaciones y
derechos de los intervinientes durante la ejecución de la obra.
Libro de incidencias. Paralización de los trabajos.
III. Derecho Constitucional y Derecho Administrativo
Tema 1. La Unión Europea. Sistema institucional. Derecho
comunitario y Derecho español.
Tema 2. La Constitución española de 1978: Características
y estructura. Los derechos y libertades públicas. Las Cortes
Generales. La Corona. El Tribunal Constitucional. El Defensor del
Pueblo.
Tema 3. El Gobierno: Composición, organización y funciones.
La iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. El Poder
Judicial. El Consejo de Estado.
Tema 4. La Administración y el Derecho Administrativo. Las
fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución, la ley, los
decretos-leyes, los decretos legislativos y el reglamento. La
potestad reglamentaria.
Tema 5. Los ordenamientos autonómicos y las Comunidades
Autónomas. Las entidades municipales y las entidades
provinciales. Los Cabildos Insulares. La personalidad jurídica de las
Administraciones Públicas.
Tema 6. La potestad administrativa. El principio de legalidad.
Actividad de las Administraciones Públicas. Derechos de los
ciudadanos. Actos presuntos. Disposiciones administrativas y actos
administrativos. Nulidad y anulabilidad.
Tema 7. El procedimiento administrativo. Revisión de actos
en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos. Reclamaciones
previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Potestad
sancionadora. Responsabilidad de las Administraciones Públicas,
y de sus autoridades y demás personal a su servicio.
Tema 8. Los contratos de las Administraciones Públicas en
general. Requisitos para contratar con la Administración:
Capacidad, solvencia y clasificación de las empresas.
Tema 9. Actuaciones relativas a la contratación. Los pliegos.
Tramitación de expedientes. Procedimientos y formas de
adjudicación. Revisión de precios. Cesión y subcontratación.
Tema 10. El contrato de obra. Redacción y supervisión del
proyecto de obra. Ejecución y modificación. Resolución y efectos.
El contrato de elaboración de proyecto de obra.
Tema 11. El dominio público y el patrimonio privado de los
entes públicos. El patrimonio privado del Estado. Adquisición y
enajenación de bienes y derechos del Estado. El inventario general
de bienes y derechos del Estado.
Tema 12. La organización y funcionamiento de la
Administración General del Estado: Especial referencia a la Dirección
General del Catastro. Principios de organización, funcionamiento y
relación con los ciudadanos. Órganos centrales y órganos territoriales.
La Administración General del Estado en el exterior. Órganos
colegiados. Organismos públicos.
Tema 13. Los Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda
Pública. Trabajos y actuaciones que llevan a cabo en los distintos
Centros y dependencias del Ministerio de Economía y Hacienda
y de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Asistencia
y asesoramiento a órganos colegiados.
Tema 14. La Función Pública. Naturaleza de la relación
funcionarial. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial.
Situaciones. Derechos y deberes de los funcionarios. El Régimen
disciplinario de la función pública. Los derechos pasivos y la
seguridad social de los funcionarios.
Tema 15. La acción administrativa con relación a las aguas,
las minas, los montes, las costas y el medio ambiente.
IV. Derecho Civil
Tema 1. El Derecho objetivo: Concepto y divisiones. Derecho
público y Derecho privado. El Derecho civil en España. El Código
Civil y la legislación complementaria. Las fuentes del Derecho
en el sistema jurídico positivo español: Especial referencia a la
Ley. La costumbre. Los principios generales del Derecho.
Significado de la jurisprudencia.
Tema 2. El sujeto del derecho. Las personas físicas y las
personas jurídicas: Nacimiento, extinción y capacidad. El objeto del
derecho. Las cosas. Concepto y clasificación. Especial referencia
a los bienes muebles e inmuebles, de dominio público y de
propiedad privada. El patrimonio. Los frutos. Los gastos y las mejoras.
Tema 3. Los derechos reales. Naturaleza, caracteres y
diferencias con el derecho de crédito. Clasificación de los derechos
reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española.
Tema 4. El derecho real de dominio. Extensión y contenido.
Dominio del suelo y del espacio aéreo. Protección del dominio
y acciones que nacen del mismo. Adquisición del dominio. La
teoría del título y el modo. La tradición en el Derecho español.
La accesión. La usucapión. La pérdida del dominio. La pérdida
en virtud de adquisiciones "a non domino".
Tema 5. La comunidad de bienes y el condominio. Reglas
del Código Civil. La propiedad horizontal.
Tema 6. La posesión: Su naturaleza jurídica. Clases de
posesión según el Código Civil. Efectos de la posesión. Protección
del estado posesorio. Los interdictos. Deslinde y amojonamiento.
Tema 7. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de
usufructo: Naturaleza y caracteres. Derechos y obligaciones del
usufructo: Su constitución, extinción y transmisibilidad. Derechos
de uso y habitación. El derecho real de superficie. Censos y foros.
Tema 8. El derecho real de servidumbre: Concepto, caracteres
y elementos. Clases de servidumbres. Adquisición de las
servidumbres. Pérdida de las servidumbres. Las servidumbres
voluntarias. Servidumbres legales. Concepto. Distinción con las
limitaciones del dominio. Las servidumbre legales en el Código Civil.
Servidumbres de regulación administrativa. Especialidades forales
en materia de servidumbres.
Tema 9. Los derechos reales de garantía. La hipoteca.
Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La
hipoteca mobiliaria. La prenda. La prenda sin desplazamiento.
El Registro de la Propiedad en España. Organización y principios
que lo informan. Clases de asientos. Publicidad registral. Las
certificaciones registrales. Contenido y efectos.
Tema 10. La obligación: Su naturaleza y elementos. Clases
de obligaciones. El cumplimiento de las obligaciones. Extinción.
Incumplimiento y cumplimiento anormal. Prueba de las
obligaciones.
Tema 11. El negocio jurídico. Elementos esenciales. La
ineficacia o invalidez del negocio jurídico. El contrato: Fundamento
y función. Elementos y objeto del contrato. Interpretación,
ineficacia y rescisión. Clasificación de los contratos. El contrato
preparatorio o precontrato. La promesa de venta y el contrato de
opción. Los contratos normativos y los contratos de
adhesión.
Tema 12. El contrato de compraventa: Su naturaleza.
Obligaciones del vendedor y del comprador. Los derechos de tanteo
y retracto: Naturaleza y clases. El contrato de permuta.
Tema 13. El contrato de arrendamiento, su función y especies.
Normas fundamentales del Código Civil. Régimen especial de
arrendamientos de fincas urbanas. Ley 29/1994, de 24 de
noviembre. Supuestos que contempla. Censo de viviendas.
Tema 14. Los contratos de arrendamiento de obra y de
servicios: Naturaleza, elementos y contenido. Responsabilidades
civiles del propietario, del constructor, del Arquitecto y del Arquitecto
Técnico. Prescripción de responsabilidades.
V. Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema 1. La actividad financiera y las necesidades públicas.
Concepto y contenido de la ciencia de la Hacienda: Su neutralidad.
Teoría de los ingresos públicos. La distribución del coste de los
servicios públicos. Los precios privados, cuasiprivados, públicos
y políticos. Las tasas y las contribuciones especiales.
Tema 2. El impuesto. Concepto y fundamento. Elementos y
fuentes del impuesto. La teoría del mínimo de existencia y el
problema de la doble imposición del ahorro. Los problemas de su
distribución técnica y formal. Proporcionalidad y diversificación
del gravamen según el origen de la renta.
Tema 3. Teoría especial del impuesto. La clasificación de los
impuestos y de los sistemas impositivos. Teoría de la imposición
directa. Los impuestos de producto. La imposición sobre la renta.
La imposición sobre el patrimonio.
Tema 4. Los ingresos públicos extraordinarios. Las
enajenaciones patrimoniales. La emisión de papel moneda. La imposición
extraordinaria sobre el patrimonio. La deuda pública: Emisión,
conversión y amortización. Las obligaciones del Tesoro y los bonos
de Tesorería.
Tema 5. Teoría del gasto público. Concepto y clasificación.
El crecimiento del gasto público. Sus límites. El control del gasto
público. Legalidad y eficacia: Análisis coste-beneficio en el gasto
público. Los efectos económicos del gasto público.
Tema 6. El Derecho financiero y el Derecho presupuestario.
La Ley General Presupuestaria. Principio generales: Los derechos
económicos y las obligaciones exigibles de la Hacienda Pública.
El Tesoro Público.
Tema 7. El Derecho tributario: Concepto y contenido. Las
fuentes del Derecho tributario. Los principios del ordenamiento
tributario español. La Ley General Tributaria. Armonización fiscal
comunitaria. La aplicación y la interpretación de las normas
tributarias. Ámbito temporal y ámbito espacial. El fraude de ley.
Tema 8. La inspección de los tributos: Órganos, funciones
y facultades. Documentación de las actuaciones inspectoras:
Especial referencia a las actas y sus tipos. Infracciones y sanciones
tributarias. El procedimiento sancionador de infracciones
tributarias simples. El delito fiscal.
Tema 9. La inspección catastral del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles. Órganos competentes y sus funciones. Tipificación de
las infracciones. Sanciones y criterios de graduación de las
mismas.
Tema 10. La revisión de actos en vía administrativa.
Procedimientos especiales de revisión: Recurso de reposición y
reclamación económico-administrativa.
Tema 11. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas I.
Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible.
Determinación de la base imponible: Rendimientos del trabajo y del
capital; rendimientos de actividades empresariales y profesionales.
Tema 12. El Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas II. Incrementos y disminuciones de patrimonio. Rendimientos
irregulares o de ciclo superior a un año. Imputación de entidades
en régimen de transparencia fiscal. Determinación de la deuda
tributaria. Período de imposición y devengo.
Tema 13. El Impuesto sobre Sociedades. Concepto y
naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible. El sujeto pasivo.
La base imponible. La deuda tributaria. La transparencia fiscal.
El Impuesto especial sobre bienes inmuebles de entidades no
residentes.
Tema 14. El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas
Físicas. Valoración de los elementos patrimoniales. El Impuesto
sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Medios ordinarios
y extraordinarios de comprobación de valores en ambos impuestos.
Tema 15. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Concepto y
naturaleza. Ámbito de aplicación. Las entregas de bienes y las
prestaciones de servicios. El hecho imponible, el sujeto pasivo
y la base imponible. Tipos impositivos: Las obligaciones del sujeto
pasivo. La gestión del impuesto. Deducciones y devoluciones.
Regímenes especiales.
Tema 16. La financiación de las Comunidades Autónomas:
Principio de solidaridad. El régimen común. Tributos propios y
cedidos. Participación en los ingresos del Estado y el Fondo de
Compensación Interterritorial. Comunidades Autónomas de
régimen foral: País Vasco y Navarra. Regímenes especiales de
Canarias, Ceuta y Melilla. La financiación de las Haciendas Provinciales
y Locales.
Tema 17. El sistema impositivo local. Análisis cuantitativo.
Los Impuestos municipales potestativos y los obligatorios.
Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras. Impuesto sobre el Incremento de Valor de
los Terrenos de Naturaleza Urbana. Tasas de carácter local:
Concepto y enumeración de aquellas que pueden incidir sobre la
actividad inmobiliaria.
Tema 18. El Impuesto de Bienes Inmuebles en la Ley
Reguladora de las Hacienda Locales. Antecedente: Las Contribuciones
Territoriales. Naturaleza, devengo y período impositivo. Hecho
imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base liquidable. Tipo de
gravamen. Cuota. Gestión tributaria. Tasas por inscripción y
acreditación catastral.
Tema 19. Derechos y garantías de los contribuyentes.
Principios generales. Derechos generales. Información y asistencia en
el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Acuerdos previos
de valoración. Devoluciones y reembolsos. Derechos y garantías
en los procedimientos: Tributarios, de inspección, de recaudación
y sancionador. Recursos y reclamaciones.
ANEXO III
Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en
el Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda
Pública
Titulares:
Presidente: Don Fernando Aragón Amunárriz, del Cuerpo de
Arquitectos de la Hacienda Pública.
Vocales:
Doña Ana Carrión Ansorena, del Cuerpo de Arquitectos de
la Hacienda Pública.
Don Francisco de Asís Pérez Piñar, del Cuerpo de Arquitectos
Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
Doña Ana Jiménez Díaz-Valero, del Cuerpo de Arquitectos de
la Hacienda Pública.
Doña Soledad Plaza Jabat, del Cuerpo de Abogados del Estado.
Don Miguel Oliver Alemany, Catedrático de la Escuela de
Arquitectura Técnica de Madrid.
Secretario: Don Paulino González González, del Cuerpo de
Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
Suplentes:
Presidente: Don Julio Palacios Castellano, del Cuerpo de
Arquitectos de la Hacienda Pública.
Vocales:
Don Álvaro Guinea Rodríguez, del Cuerpo de Arquitectos de
la Hacienda Pública.
Don Luis Rodríguez Sánchez, del Cuerpo de Arquitectos
Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
Doña Auxiliadora del Hierro González, del Cuerpo de
Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
Don Heliodoro Giner Ubago, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Don Juan Miguel del Río Zuluaga, Catedrático de la Escuela
de Arquitectura Técnica de Madrid.
Secretario: Don Luis Blázquez Vázquez, del Cuerpo de
Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
ANEXO IV
Don .............................................., condomicilio
en ...................... ydocumento nacional de identidad
número ................,declara bajo juramento o promete, a efectos de
ser nombrado funcionario del Cuerpo de Arquitectos Técnicos al
servicio de la Hacienda Pública, que no ha sido separado del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En .............., a .............. de .............. de1998
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid