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Documento BOE-A-1998-28609

Orden 432/38998/1998, de 1 de diciembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 1998, páginas 41113 a 41119 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1998-28609

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 493/1998,

de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" número 75, del 28),

por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1998

y con el fin de atender las necesidades de personal de la

Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, y por el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de

31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre),

previo informe favorable de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el

Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada, con sujeción a

las siguientes bases:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 21 plazas por

el sistema general de acceso libre, según la siguiente distribución

por especialidades:

Número de plazas Rama Especialidad

Número de plazas Rama Especialidad

Química.........Química de Laboratorio............ 1

Electrónica......Electrónica.......................... 6

Metal............Construcciones

Metálicas-Calefactor-Fontanero..................... 2

Metal............Mecánica-Ajustador................. 1

Metal............Construcciones Metálicas-Calderero. 2

Automovilismo .. Mecánica de Automóviles........... 2

Metal............Construcciones Metálicas

Soldador-Chapista...................... 4

Construcción....Oficial de la Construcción.......... 1

Metal............Mecánica-Tornero.................. 1

Electricidad......Instalador-Montador................ 1

Total................................. 21

Las plazas se encuentran situadas en los centros de trabajo

que a continuación se indican:

Rama Química, especialidad Química de Laboratorio: Arsenal

de Ferrol (Ferrol-A Coruña).

Rama Electrónica, especialidad Electrónica: Tres plazas en el

Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia), una en Instalaciones

del Segundo Escalón de Mantenimiento en Rota (Rota-Cádiz) y

dos en Servicios Generales de la Flotilla de Aeronaves (Rota-Cádiz).

Rama Metal, especialidad Construcciones Metálicas,

Calefactor-Fontanero: Una plaza en el Arsenal de Cartagena

(Cartagena-Murcia) y otra en el Arsenal de Cádiz (San Fernando-Cádiz).

Rama Metal, especialidad Mecánica-Ajustador: Arsenal de

Cádiz (San Fernando-Cádiz).

Rama Metal, especialidad Construcciones Metálicas, Calderero:

Una plaza en el Arsenal de Cádiz (San Fernando-Cádiz) y otra

en Instalaciones del Segundo Escalón de Mantenimiento en Rota

(Rota-Cádiz).

Rama Automovilismo, especialidad Mecánico de Automóviles:

Una plaza en el Arsenal de Cádiz (San Fernando-Cádiz) y otra

en el Parque de Autos número 2 de Ferrol (A Coruña).

Rama Metal, especialidad Construcciones Metálicas,

Soldador-Chapista: una plaza en el Arsenal de Cádiz (San

Fernando-Cádiz) y tres en Instalaciones del Segundo Escalón de Mantenimiento

en Rota (Rota-Cádiz).

Rama Construcción, especialidad Oficial Construcción: Arsenal

de Las Palmas (Las Palmas de Gran Canaria).

Rama Metal, especialidad Mecánica-Tornero: Instalaciones del

Segundo Escalón de Mantenimiento en Rota (Rota-Cádiz).

Rama Electricidad, especialidad Instalador-Montador:

Instalaciones del Segundo Escalón de Mantenimiento en Rota

(Rota-Cádiz).

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"

número 185, del 3), modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio,

("Boletín Oficial del Estado" número 181, del 29), y por la Ley

22/1993, de 29 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número

313, del 31); el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, ("Boletín

Oficial del Estado" número 46, del 23); el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" número 85, del 10

de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema

de oposición, con los ejercicios y puntuaciones que se especifican

en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas de los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará por especialidades, de acuerdo

con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo

el proceso.

1.6 Las pruebas se iniciarán en el plazo de dos meses,

contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes,

sin que el proceso de celebración de los ejercicios pueda superar

el plazo máximo de tres meses.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar, Oficial

Industrial (primer grado de Formación Profesional) o equivalente.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas,

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública y en el Instituto Nacional de Administración Pública,

así como en las representaciones diplomáticas o consulares de

España en el extranjero.

Ningún aspirante podrá concurrir a más de una especialidad

de las señaladas en la base 1.1 de esta convocatoria.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que

se detallan a continuación:

Instrucciones para el interesado

A) Instrucciones generales:

Escribir solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie

dura, utilizando mayúsculas de tipo imprenta.

Asegurarse de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evitar doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escribir en los espacios sombreados o reservados.

No olvidar firmar el impreso.

B) Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar:

Defensa.

En el recuadro dedicado a centro gestor, consignar: Ministerio

y Subsecretaría, código: 14001

En el recuadro relativo a la tasa: Derechos de examen,

consignar el código: 14.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria

indicar: 98.

C) Instrucciones particulares:

En el recuadro 15, consignar: Cuerpo de Oficiales de Arsenales

de la Armada; código: 0424

En el recuadro 16, consignar la especialidad concreta a la que

desea presentarse: Química de Laboratorio, Electrónica,

Mecánica-Ajustador, etc., según proceda. No es necesario indicar

código.

Recuadro 17, referido a forma de acceso, consignar la letra

mayúscula "L" (libre/nuevo ingreso).

En el recuadro 18, consignar: Ministerio de Defensa. No es

necesario señalar código.

El recuadro 20, referido a provincia de examen, no es necesaria

su cumplimentación.

En el recuadro 21, minusvalía: Indicar, si procede, el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

En el recuadro 23, indicar, en caso de minusvalía, la adaptación

que se solicita.

3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la

Administración"), una vez validado por la entidad colaboradora, se hará

en el Registro General del Ministerio de Defensa, paseo de la

Castellana, número 109, 28071 Madrid, o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirá al Director general

de Personal del Ministerio de Defensa. A la solicitud se

acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud

comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen

mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la

cuenta corriente abierta a nombre del Tesoro Público (Ministerio

de Defensa) número 1302 9148 20 0011948609 de Caja Postal.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

numero 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas en que

esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los derechos de examen serán de 1.500 pesetas, y se

ingresarán mediante la presentación de la solicitud para su

validación, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de

Crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la

recaudación tributaria (la práctica totalidad de las mismas).

3.5 Estarán exentos del pago de la tasa las personas con

discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar

a la solicitud, a estos efectos, certificado acreditativo de tal

condición.

En la solicitud deberá figurar la acreditación del pago de la

tasa correspondiente a los derechos de examen mediante

certificación mecánica o mediante el sello y firma autorizada de la

entidad colaboradora.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas bancarias

supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que

pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Director general de Personal del Ministerio de Defensa dictará

resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la

lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los

lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada

completa de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará

el lugar y la fecha del comienzo de los ejercicios. Dicha lista deberá

ser expuesta, en todo caso, en el Ministerio de Defensa y en los

centros establecidos en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo. En la lista deberán constar los apellidos, nombre,

número del documento nacional de identidad o pasaporte, así

como la causa de la exclusión y plazo para subsanar los defectos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran

la exclusión justificando su derecho a estar incluidos en la relación

de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización

de las pruebas.

Contra dicha Resolución podrá interponerse, previa

comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante la Sala de

lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio

el recurrente, a elección del mismo, de conformidad con lo

establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Director general de Personal del Ministerio

de Defensa, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas

de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco

años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal

que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por

alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan, y con la mitad, al menos, de sus

miembros titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario

o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir

en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer

en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus tareas

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Director general

de Personal del Ministerio de Defensa.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten en el recuadro número 23 de la solicitud, las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el

Tribunal tendrá su sede en la Dirección de Enseñanza Naval, Cuartel

General de la Armada, calle Montalbán, número 2, 28071 Madrid.

Teléfono (91) 379 50 00.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría cuarta de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto

236/l988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" número

68, del l9).

5.11 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios que sean escritos y no

deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se

conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos

aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18

de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22), o

cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría

de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.12 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han

superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que

el de plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 18), por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el día 3 de abril de 1998. En el supuesto de que no

exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra

"Ñ", el orden de actuación se iniciará por aquellos otros cuyo

primer apellido comience por la letra "O" y así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

un único llamamiento siendo excluidos de la oposición quienes

no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo

ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya

celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada

en la base 5.9 y por cualesquiera otros medios si se juzga

conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro

horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación

de los mismos.

Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado

en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del

Tribunal y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con

doce horas, al menos, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba, hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Director general de Personal del Ministerio de Defensa,

comunicándose, asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante,

podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte,

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses

contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma ante

la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde tenga

su domicilio el recurrente, a elección del mismo, de conformidad

con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal hará pública

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos

otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados

en cada especialidad, con indicación de la puntuación alcanzada

y de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Director general de Personal del Ministerio de

Defensa, para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Asimismo remitirá la lista de aprobados en cada uno de los

ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores

aprobados deberán presentar, en el Registro General del Ministerio

de Defensa, paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid, los

siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central

de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren

para acreditar tal condición, con expresión del número e importe

de trienios así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán

anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en

que hubieren incurrido por falsedad de la solicitud inicial.

8.4 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Director general

de Personal, funcionarios de carrera mediante Resolución del

Secretario de Estado para la Administración Pública que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que se indicará

el destino adjudicado.

8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 1 de diciembre de 1998.

SERRA REXACH

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección.-El procedimiento selectivo se

llevará a cabo mediante el sistema de oposición. Constará de dos

ejercicios. La primera de dichas pruebas será de carácter teórico,

la segunda de carácter práctico, ambos obligatorios y

eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas tipo test relacionado con la rama o

especialidad a la que se oposite, con una duración de dos horas y

media.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica que

contendrá trabajos de ejecución manual y/o problemas

correspondientes a su rama o especialidad, con una duración de tres horas.

2. Valoración.-Los ejercicios de la oposición se calificarán

de la siguiente manera:

Primer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 20

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para

superarlo.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 40

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para

superarlo.

El opositor que alcance el 60 por 100 de la puntuación máxima

de algún ejercicio obligatorio y no aprobara la fase de oposición,

conservará dicha puntuación y estará exento de realizar tales

ejercicios durante las inmediatamente siguientes pruebas selectivas,

siempre y cuando fueren idénticas en contenido y puntuación.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo

ejercicio; caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida

en el primer ejercicio.

ANEXO II

Especialidad: Químico de Laboratorio

Tema 1. Disoluciones.

Tema 2. Materiales y operaciones básicas de laboratorio.

Tema 3. Instrumentación y control. Medida de temperatura,

presión, humedad, viscosidad, caudal.

Tema 4. Oxidación-reducción.

Tema 5. Ácidos, bases y sales.

Tema 6. Clasificación periódica de los elementos:

Periodicidad de las propiedades.

Tema 7. Estado sólido, líquido o gaseoso.

Tema 8. Análisis cualitativo inorgánico.

Tema 9. Métodos cuantitativos. Gravimetrías, volumetrías de

precipitación, volumetrías redox.

Tema 10. Conocimiento teórico y elemental de los nuevos

métodos de análisis.

Tema 11. Análisis biológico y metalográfico.

Tema 12. Formulación de química orgánica e inorgánica.

Tema 13. Química orgánica elemental.

Tema 14. Hidrocarburos: Combustibles y carburantes

industriales.

Tema 15. Nociones de química macromolecular.

Tema 16. Determinación de sustancias. Manejo del

polarímetro.

Tema 17. Análisis orgánico elemental y funcional.

Tema 18. Tratamiento de aguas. Determinación de la dureza

de aguas.

Tema 19. Metales-no metales.

Tema 20. Termoquímica.

Especialidad: Electrónico

Tema 1. Técnicas de expresión gráfica.

Tema 2. Válvulas de gas.

Tema 3. Semiconductores.

Tema 4. Circuitos rectificadores.

Tema 5. Circuitos básicos pasivos.

Tema 6. Circuitos básicos activos.

Tema 7. Tecnología de componentes.

Tema 8. Generadores de señal.

Tema 9. Modulación y demodulación.

Tema 10. Tubos de rayos catódicos.

Tema 11. Medidas de tensiones e intensidades.

Tema 12. Medidas de alta frecuencia.

Tema 13. Medidas de impedancia y circuitos.

Tema 14. Medidas de transformadores.

Tema 15. Interpretación de esquemas.

Tema 16. Fuentes de alimentación.

Tema 17. Montaje de prototipos de circuitos básicos.

Tema 18. Obtención de curvas características de válvulas y

de semiconductores.

Tema 19. Utilización y manejo de equipos, útiles y

herramientas.

Tema 20. Manejo de conectores y relés.

Especialidad: Construcciones Metálicas Calefactor-Fontanero

Tema 1. Estructura de la vivienda: Cimientos, tipos de muros,

pavimentos, techos. Trabajos preliminares: Taladros, tacos

empotrados, grapas.

Tema 2. Canalizaciones en plomo: Tuberías, codos,

accesorios. Propiedades, preparación y colocación. Soldaduras e injertos.

Tema 3. Canalizaciones en cobre: Tuberías, codos,

accesorios. Propiedades, preparación y colocación. Soldaduras e injertos.

Tema 4. Canalizaciones en hierro: Tuberías, codos,

accesorios. Propiedades, preparación y colocación. Soldaduras e injertos.

Tema 5. Canalizaciones en zinc, gres, fibrocemento, material

plástico. Injertos y uniones. Características de las tuberías y

accesorios, su preparación y colocación.

Tema 6. Grifería: Tipos de grifos y sus características. Llaves

de paso y válvulas. Accesorios y colocación. Reparación.

Tema 7. Toma y elevación de agua. Pozos. Bombas: Tipos,

características, aplicaciones. Motores eléctricos para bombas.

Tema 8. Dibujo geométrico: Útiles de dibujo. Proyección

diédrica. Normativa.

Tema 9. Distribución de agua. Reductor de presión.

Elevadores de agua. Materiales y diámetros de tuberías. Desagües.

Sifones.

Tema 10. Fregaderos, fuentes y lavabos: Tipos, materiales,

instalación, accesorios, grifería.

Tema 11. Bidés, duchas, bañeras: Tipos, materiales,

instalación, accesorios, grifería. Instalaciones colectivas.

Tema 12. Inodoros, taza turca, urinarios: Tipos, materiales,

instalación, accesorios, grifería. Instalaciones colectivas.

Tema 13. Gas ciudad y butano: Canalizaciones, accesorios.

Contadores de gas. Tipos de aparatos y modo de conectarlos.

Quemadores.

Tema 14. Producción de agua caliente. Calentadores:

Instalación y características. Acumuladores. Consumo. Cálculo de

servicio de agua caliente. Distribución.

Tema 15. Cocina: Disposición de aparatos, accesorios.

Cocinas y hornos de gas. Ventilación y salida de humos. Fundamentos,

regulación e instalación del tiro.

Tema 16. Aguas residuales: Su evacuación. Alcantarillados.

Pozos.

Tema 17. Depuración del agua. Filtración. Esterilización.

Purificación, neutralización.

Tema 18. Riego: Tipos e instalaciones. Rociadores.

Tema 19. Equipos contraincendios. Medios de extinción.

Mangueras. Desagües. Bocas. Tuberías y racores. Injertos.

Tema 20. Fundamentos del aire acondicionado.

Especialidad: Mecánica Ajustador

Tema 1. Conocimientos de materiales: Aceros, fundiciones,

productos no férricos y sus aleaciones.

Tema 2. Tratamientos térmicos, temple, recocido, revenido.

Tema 3. Metrología: Instrumentos de medida, modo de

empleo y conservación.

Tema 4. Instrumentos de verificación de superficies planas,

mármoles, ángulos.

Tema 5. Trazado, procedimientos e instrumentos.

Tema 6. Dibujos de croquis e interpretación de planos.

Tema 7. Limado, aserrado, burilado y roscado.

Tema 8. Herramientas utilizadas, terminología y

características de las mismas.

Tema 9. Normalización: Objeto, ventajas y normas.

Tema 10. Tolerancias de fabricación, concepto elemental y

operaciones sencillas de tolerancias.

Tema 11. Acabados superficiales, rugosidad, signos y

representaciones.

Tema 12. Elementos de unión, fijas, desmontables, remaches,

pasadores, tornillos, tuercas y otros elementos normalizados.

Tema 13. Operaciones de máquina: Taladro y brocas. Objeto,

clasificación, terminologías y características.

Tema 14. Procesos de trabajo, finalidad de los mismos,

aplicación a trabajos elementales.

Tema 15. Normas de seguridad y conservación e

instalaciones. Maquinaria.

Tema 16. Escariado. Finalidad, herramientas, técnicas de la

operación.

Tema 17. Muelas, abrasivos. Características y utilización.

Tema 18. Máquinas herramientas, limadora, taladro, sierra.

Movimientos fundamentales.

Tema 19. Herramientas empleadas, velocidades, avances,

lubricación y refrigeración.

Tema 20. Operaciones de ajuste y mecanizado en dichas

máquinas. Cálculos sencillos de engranajes y conos.

Especialidad: Construcciones Metálicas Calderero

Tema 1. Productos férricos y no férricos. Sus aleaciones.

Tema 2. Identificación de materiales. Formas comerciales.

Tema 3. Piezas fundidas y forjadas.

Tema 4. Tratamientos térmicos.

Tema 5. Metrología. Instrumentos de medida.

Tema 6. Trazado plano y al aire.

Tema 7. Técnicas de representación gráfica, interpretación

de planos.

Tema 8. Roscas. Designación, sistemas, clasificación.

Tema 9. Normalización. Sistema de tolerancias.

Tema 10. Uniones fijas soldadas y otras uniones. Roblonado.

Tema 11. Soldadura blanda, fuerte y por fusión con soplete.

Tema 12. Soldadura eléctrica. Roblonado y uniones

desmontables.

Tema 13. Desarrollos y mecanizado de construcciones

metálicas.

Tema 14. Trazado, conformado y montaje de construcciones

metálicas.

Tema 15. Máquinas herramientas.

Tema 16. Mecanismos empleados en máquinas.

Tema 17. Operaciones a máquina.

Tema 18. Cálculos de taller.

Tema 19. Procesos de trabajo.

Tema 20. Normas de seguridad y conservación.

Especialidad: Mecánico de Automóviles

Tema 1. Dibujo: Normalización, croquis y dibujos a escala,

interpretación de planos.

Tema 2. Estudio de las herramientas de taller, normas de

empleo y conservación.

Tema 3. Operaciones básicas de taller: Limado, aserrado,

trazado, taladrado, roscado.

Tema 4. Aparatos de medida, normas de conservación y

empleo.

Tema 5. Máquinas herramientas, su constitución y empleo:

Torno, limadora, sierra.

Tema 6. Elementos de sujeción: Pasadores, remaches, bridas.

Tema 7. Soldadura: Nociones de soldadura blanda,

oxiacetilénica y eléctrica.

Tema 8. El motor de explosión: Estudio de su constitución

y funcionamiento.

Tema 9. Sistemas de alimentación del motor de explosión:

Carburador, bomba y filtros.

Tema 10. Refrigeración y engrase.

Tema 11. Sistemas de encendido en los motores de explosión:

Constitución y funcionamiento. Batería de acumuladores.

Tema 12. Desmontaje y montaje de los elementos que

componen el motor y del sistema de encendido.

Tema 13. El motor Diesel.

Tema 14. Estudio del chasis.

Tema 15. Estudio del embrague, montaje y desmontaje.

Tema 16. Estudio del cambio de velocidades, montaje y

desmontaje.

Tema 17. Desmontaje y montaje de los elementos que

diferencian un motor Diesel de un motor de explosión.

Tema 18. Estudio de los frenos, desmontaje y montaje.

Tema 19. Estudio de los órganos de transmisión del

movimiento, desmontaje y montaje de la transmisión.

Tema 20. Estudio de la dirección, montaje y desmontaje.

Especialidad: Construcciones Metálicas Soldador-Chapista

Tema 1. Productos férricos y no férricos. Sus aleaciones.

Tema 2. Identificación de materiales. Formas comerciales.

Tema 3. Piezas fundidas y forjadas.

Tema 4. Tratamientos térmicos.

Tema 5. Metrología. Instrumentos de medida.

Tema 6. Trazado plano y al aire.

Tema 7. Operaciones a mano de taller.

Tema 8. Roscas. Designación, sistemas, clasificación.

Tema 9. Normalización

Tema 10. Uniones fijas soldadas.

Tema 11. Soldadura blanda, fuerte y por fusión con soplete.

Tema 12. Soldadura eléctrica. Roblonado y uniones

desmontables.

Tema 13. Soldaduras en atmósfera protegida y soldaduras

especiales.

Tema 14. Desarrollos, trazado y montaje de construcciones

metálicas.

Tema 15. Máquinas herramientas.

Tema 16. Mecanismos empleados en máquinas.

Tema 17. Operaciones a máquina.

Tema 18. Cálculos de taller.

Tema 19. Proceso de trabajo

Tema 20. Normas de seguridad y conservación.

Especialidad: Oficial de la Construcción

Tema 1. El dibujo en la construcción: Normalización, clases

de líneas, secciones, acotación. Interpretación de planos.

Tema 2. Croquis y planos de elementos sencillos de obras.

Tema 3. Nociones sobre perspectiva axonométrica, caballera

y cónica.

Tema 4. Útiles y aparatos sencillos de medición: Metro,

escuadra, nivel, plomada. Su manejo y utilidad.

Tema 5. Herramientas: Descripción y uso de las mismas.

Tema 6. La construcción: Sus fines, historia y posibilidades.

Tema 7. Nociones de arquitectura.

Tema 8. Trazado de molduras y arcos.

Tema 9. Replanteos, trazados y mediciones.

Tema 10. Materiales. Conocimiento de las materias primas

fundamentales, su obtención y procedencia.

Tema 11. Medios auxiliares de la construcción: Descripción

y clasificación.

Tema 12. Obras de fábrica y estructuras. Clasificación.

Tema 13. Aglomerantes, cementos, áridos. Clases y

dosificación.

Tema 14. Obras de hormigón, estructuras y forjados.

Tema 15. Estructura de la vivienda: Cimientos y sótano, pisos,

muros exteriores, muros de mampostería, muros de ladrillo, muros

de aglomerado. Muros interiores, pavimentos.

Tema 16. Aparejos, esterotomía de la piedra, madera.

Tema 17. Suelos. Estructura de suelo.

Tema 18. Escaleras y bóvedas.

Tema 19. Cubiertas y azoteas, cornisas.

Tema 20. Instalaciones complementarias en las obras. Tipo.

Especialidad: Mecánica Tornero

Tema 1. Conocimientos de materiales: Aceros, fundiciones,

productos no férricos y sus aleaciones.

Tema 2. Tratamientos térmicos, temple, recocido, revenido.

Tema 3. Metrología: Instrumentos de medida, modo de

empleo y conservación.

Tema 4. Instrumentos de verificación de superficies planas,

mármoles, ángulos.

Tema 5. Trazado, procedimientos e instrumentos.

Tema 6. Dibujos de croquis e interpretación de planos.

Tema 7. Limado, aserrado, burilado y roscado.

Tema 8. Herramientas utilizadas, terminología y

características de las mismas.

Tema 9. Normalización: Objeto, ventajas y normas.

Tema 10. Tolerancias de fabricación, concepto elemental y

operaciones sencillas de tolerancias.

Tema 11. Acabados superficiales, rugosidad, signos y

representaciones.

Tema 12. Elementos de unión, fijas, desmontables, remaches,

pasadores, tornillos, tuercas y otros elementos normalizados.

Tema 13. Operaciones de máquina: Taladro y brocas. Objeto,

clasificación, terminología y características.

Tema 14. Procesos de trabajo, finalidad de los mismos,

aplicación a trabajos elementales.

Tema 15. Normas de seguridad y conservación e

instalaciones. Maquinaria.

Tema 16. Escariado. Finalidad, herramientas, técnicas de la

operación.

Tema 17. Muelas, abrasivos. Características y utilización.

Tema 18. Máquinas herramientas-tornos: Principio de

trabajo. Movimientos fundamentales, trenes de engranajes.

Tema 19. Herramientas del torno, velocidad y avances en

el mecanizado. Lubricación y refrigeración.

Tema 20. Operaciones elementales de mecanizado,

cilíndrico, roscas, conos.

Especialidad: Instalador-Montador

Tema 1. Técnicas mecánicas: Medidas, trazados, limado.

Tema 2. Conocimientos de materiales: Propiedades

mecánicas y químicas, materiales aislantes y conductores.

Tema 3. Manejo y preparación de conductores, empalmes y

derivaciones, terminales.

Tema 4. Instalaciones básicas de alumbrado.

Tema 5. Diseño de cuadros de maniobras y protección.

Tema 6. Instalaciones de señalización utilizadas en viviendas,

oficinas y edificios públicos.

Tema 7. Bobinados básicos. Construcción y montaje de

electroimanes sencillos. Cálculo. Bobinadores manuales y

automáticos.

Tema 8. Medidas eléctricas.

Tema 9. Electromagnetismo.

Tema 10. Líneas de distribución.

Tema 11. Montaje e instalación de motores.

Tema 12. Construcción y fundamentos de transformadores.

Tema 13. Construcción y fundamentos de baterías de

acumuladores.

Tema 14. Bobinados de máquinas y aparatos eléctricos.

Tema 15. Reglamentos y normas eléctricas.

Tema 16. Válvulas de gas, semiconductores, circuitos

rectificadores.

Tema 17. Circuitos básicos pasivos, circuitos activos.

Tema 18. Tecnología de componentes.

Tema 19. Moduladores de señal.

Tema 20. Tubos de rayos catódicos.

ANEXO III

Oficiales de Arsenales

Órgano de selección

Tribunal titular:

Presidente: Don Acacio Rodríguez Díaz, Capitán de Fragata

del Cuerpo de Ingenieros de la Armada (Escala Superior).

Secretario: Don José G. Ledo Pérez, Comandante de Infantería

de Marina (Escala Superior).

Vocales: Don Francisco J. Sieres Pérez, Capitán de Corbeta

del Cuerpo de Ingenieros de la Armada (Escala Superior); don

Tomás Novo Serra, Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros

de la Armada (Escala Superior); don Juan Pérez Cisneros, Teniente

de Navío del Cuerpo de Ingenieros de la Armada (Escala Superior);

don Juan F. López Merenciano, Teniente de Navío del Cuerpo

de Ingenieros de la Armada (Escala Superior); don José Morgade

García, Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la

Armada; don Manuel Pérez Blanco, Funcionario del Cuerpo de

Maestros de Arsenales de la Armada; don Elías Hidalgo Blázquez,

Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Juan García Pardo, Capitán de Navío del

Cuerpo General de la Armada (Escala Superior).

Secretario: Don Mariano Carles Hernández, Comandante de

Intendencia de la Armada (Escala Superior).

Vocales: Don Manuel Martínez Ruiz, Capitán de Corbeta del

Cuerpo de Ingenieros de la Armada (Escala Superior); don Pedro

R. Saura Iniesta, Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros

de la Armada (Escala Superior); don Nicolás Monereo Alonso,

Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros de la Armada (Escala

Superior); don Fidel Fraile Álvarez, Teniente de Navío del Cuerpo

de Ingenieros de la Armada (Escala Superior); don Justo López

Gutiérrez, Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de

la Armada; don Luis Peci Guerrero, Funcionario del Cuerpo de

Oficiales de Arsenales de la Armada; don Ángel García Canalda,

Funcionario del Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada.

ANEXO IV

Don ................................................................................,

con domicilio en ................................................, y documento

nacional de identidad número ..............................., declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del

Cuerpo ................................................................., que no ha

sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones

Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

En ..........................., a ..... de ........................... de 19......

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